El lunes 6 de mayo pasado comenzó a funcionar el nuevo Código Procesal Penal Federal (CPPF) en el distrito Rosario, el mismo que se aplica desde 2019 en Jujuy y Salta. En este marco, el fiscal federal Federico Reynares Solari, quien se desempeñaba como fiscal de juicio y ahora integra el equipo de Delitos Complejos, explicó en una entrevista con el programa «Feos, Sucios y Malos» de Radio Universidad Rosario cuáles son las principales diferencias con el sistema anterior como también los delitos que perseguirán desde su área.
Reynares Solari contó que este nuevo Código Procesal regirá en la jurisdicción de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, que incluye el departamento Rosario, San Nicolás y Venado Tuerto. Y agregó que en este sistema hay diferentes áreas de litigio. Él integra la que se encarga de investigar casos complejos junto a los fiscales Javier Arzubi Calvo (ex titular de la Fiscalía Federal N° 1) y Matías Scilabra (quien integraba la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar).
Estos fiscales se encargarán tanto de la investigación como del juicio en lo referente de Delitos Complejos, lo que para Reynares tiene una amplia calificación que trasciende el lavado de activos o el narcotráfico. «Son casos que se van construyendo y que son más amplios, a veces pueden partir de delitos simples pero que están vinculados a grandes estructuras criminales o remiten a hechos altamente lesivos, como pueden ser los secuestros extorsivos y la circulación económica del dinero producido por organizaciones criminales», explicó el funcionario judicial, para agregar que estas organizaciones actúan en distintas jurisdicciones y a veces con presencia de miembros de las fuerzas de seguridad.
Respecto de los recursos asignados para llevar adelante este nuevo sistema, el fiscal señaló: «La ley de fortalecimiento que se aprobó en el Congreso el año pasado permitió aumentar de manera sustancial la dotación de personal y de personas con capacidad de sostener la acusación en las audiencias. El Ministerio Público Fiscal (MPF) está mejor equipado en comparación con años anteriores. Tenemos equipos de peritos, contadores y contamos con una delegación de la Procelac y de la Procunar que son áreas fundamentales de la procuración que se encaran de una persecución centralizada en todo el país».
El fiscal federal también resaltó las diferencias fundamentales del sistema acusatorio con el código procesal anterior en cuanto a la posibilidad de investigar a grandes grupos criminales. «Hay tres aspectos fundamentales que cambian ahora el sistema de enjuiciamiento. Primero para la Fiscalía: da la posibilidad de un procedimiento mucho más sencillo, menos rodeado formalidades y deformas barrocas que contribuían a restarles eficiencia; además tienen un montón de técnicas de investigación que nos favorecen a la labor de la acusación. Tiene plazos perentorios y con apercibimientos. Si una investigación no se hace en determinado plazo eso nos perjudica a los investigadores como por ejemplo que caiga la causa”.
Y agregó: “Para la acusación, nos maximiza las posibilidades que tenemos y para la defensa también, esto hay que decirlo, ya que consagra mucho más las garantías constitucionales, porque antes cuando una persona era juzgada por un juez que antes ya había leído el expediente, y la audiencia era como una puesta en escena. Lo que se nosotros vamos a tener que hacer es enfrentar a un juez que no leyó el expediente, al que vamos a tener que convencer, ya que no viene con una idea preconcebida y eso garantiza mucho más los derechos de los acusados”, amplió Reynares.
“Para toda la sociedad, lo que es capital e importantísimo, lo que es una garantía en sentido político y en términos amplios es la publicidad. La oralidad es la manera, un medio, pero en realidad el objetivo de este proceso es la publicidad que los juicios sean públicos. Lo que nosotros teníamos hasta ahora es que en la mitad de los procesos la instrucción era escrita y secreta, había un ostracismo, y no se sabía por qué se tomaban determinadas decisiones. Entonces es capital para la información de la ciudadanía, que es quien en definitiva está preocupada por el avance de todas estas actividades, que teóricamente el servicio de justicia está llamado a conjurar”, completó acerca de los beneficios del nuevo sistema el fiscal.
Todo el proceso, incluidas las tres fases hasta una hipotética sentencia en juicio (de investigación preliminar, intermedia y de juicio) no puede prolongarse más allá de los 36 meses en total, con el siguiente detalle: investigación preliminar: duración máxima de un año, con la posibilidad de habilitar seis meses de prórroga; etapa intermedia: hasta 30 días de extensión; etapa de juicio oral: hasta cinco meses.
En cuanto a los casos de mayor complejidad, como el narcotráfico o la trata de personas, el CPPF establece la posibilidad de extender cada uno de estos plazos y una potencial duración máxima -para completar todo el proceso- de 6 años.
La reciente desfederalización de los casos de microtráfico en la provincia de Santa Fe provocará cambios en la investigación de delitos vinculados con la comercialización de drogas. Y como ha ocurrido en los distritos que hace ya muchos años adhirieron a la ley nacional, muchas veces no está clara la delimitación entre fueros.
“Hay una experiencia previa a esto –el sistema acusatorio federal– en la jurisdicción de Salta-Jujuy, donde se aplicó el código con anterioridad. Salta ya había adherido a la desferalización del narcomenudeo y básicamente no hubo cuestiones de competencia. No es difícil delinear las competencias. Es un desafío para la Justicia Federal, porque las pequeñas causas de microtráfico que causan mucha inquietud social no son causas tan difíciles de gestionar, porque el operador del sistema trabaja a demanda. Es que a estas causas se las traen las fuerzas de seguridad, porque generalmente son causas que quienes persiguen estos delitos se topan”, opinó Reynares.
“En cambio en las causas complejas no se puede trabajar a demanda, hay que ir a buscarlas. No es que uno va a estar sentado en la oficina y le va golpear la puerta Eliot Ness y le va decir: mirá, tengo el teléfono de Al Capone para pincharlo y con esto lo reventamos. Esto no va a ser así para nada. Va a haber que ir a buscar estas causas, que yo entiendo que han sido omisiones en la persecución penal de la Justicia Federal, como su poco protagonismo en la circulación económica del dinero proveniente de actividades ilícitas, básicamente en el lavado de dinero”, aseveró el fiscal.
Qué pasa en los barrios
Una de los problemas de la justicia es buscar que la intervención que realiza en una causa de drogas no termine perjudicando a los vecinos, ya que muchas veces el hueco que deja una banda se disputa a tiros. Para Reynares no es una utopía; es un desafío. “Hace unos 10 o 15 años, para quienes éramos operadores de los sistemas judiciales había un paradigma doctrinario que era bastante cómodo. Nosotros interveníamos cuando los hechos sucedían y hasta que los hechos no sucedían eso será problema de las agencias del Poder Ejecutivo y no nuestro. Las modernas legislaciones procesales también permiten de alguna manera que la administración de justicia participe de alguna manera del gobierno de la seguridad. Lo que pasa es que el gobierno de la seguridad no puede ser analizado solamente desde su faz represiva. El gobierno de la seguridad implica muchas cosas más, un abordaje multidisciplinar fundamentalmente y el gobierno tiene que tomar decisiones políticas. Y esas decisiones hay que tomarlas también cuando esa intervención se presume será virtuosa, cuando en los hechos concretos, en el barro de la historia va a ser verdaderamente pacificadora y no magnificadora de más violencia. Esto hay que pensarlo y es un desafío porque antes estaba la comodidad: « yo vengo cuando los hechos suceden nada más y si el hecho sucedió yo no puedo hacer otra cosa que apretar el botón, apretar el acelerador hasta la máxima velocidad». Ahora el acontecer y los golpes nos han demostrado que tenemos que actuar de otra manera”, sostuvo.