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La provincia adhirió a la extensión del distanciamiento social hasta el 9 de abril

El gobierno de Omar Perotti acordó con la prórroga decretada este sábado por el presidente Alberto Fernández quien oficializó la medida tras una reunión del Comité de Vacunación contra el coronavirus en la que se admitió la "preocupación" oficial por el aumento de casos de covid-19 en la región

El Gobierno nacional prorrogó este sábado hasta el próximo 9 de abril el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (Dispo) dispuesto por la pandemia de coronavirus. Así lo dispuso por medio del decreto 168/2021 publicado en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández y la totalidad del gabinete nacional. Más tarde se conoció la adhesión de la provincia de Santa Fe.

Entre los considerandos de la medida, se habla de que «muchos países de la región (Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay) presentan un aumento de casos en las últimas semanas» y que «se han detectado variantes del virus», por lo que «se deben desarrollar estrategias para disminuir el ingreso y mitigar la posibilidad de transmisión de estas variantes en nuestro país».

En lo que respecta a límites de la circulación, se establece que «en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo y de expansión de CovidD-19, en los distintos aglomerados, departamentos y partidos de la jurisdicción a su cargo, las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán dictar normas para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2».

«Estas medidas deberán ser temporarias y fundadas, y deberán contar con la aprobación de la autoridad sanitaria jurisdiccional», completa el decreto, que agrega que las autoridades de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán disponer el aislamiento de las personas que ingresen a las jurisdicciones a su cargo provenientes de otras provincias argentinas o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuando las mismas revistan la condición de caso sospechoso, caso confirmado de Covid-19 o cuando presenten síntomas o sean contacto estrecho de quienes padecen la enfermedad.

En cuanto a las fronteras, se indica que la Dirección Nacional de Migraciones «podrá establecer excepciones a las restricciones de ingreso al país con el fin de atender circunstancias de necesidad o de implementar lo dispuesto por el Jefe de Gabinete de Ministros».

En este último supuesto, la Dirección Nacional de Migraciones «determinará y habilitará los pasos internacionales de ingreso al territorio nacional que resulten más convenientes al efecto y definirá los países cuyos nacionales y residentes queden autorizados para ingresar al territorio nacional».

Se indica además que «los gobernadores y las gobernadoras y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán solicitar al Jefe de Gabinete de Ministros excepciones a la prohibición de ingreso establecida en el primer párrafo del presente artículo a los fines del desarrollo de actividades que se encuentren autorizadas o para las que se solicita autorización».

«A tal fin, deberán presentar un protocolo de abordaje integral aprobado por la autoridad sanitaria provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que deberá dar cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional, la que deberá intervenir y expedirse, en forma previa, respecto a su pertinencia», continúa el decreto.

Entre los considerandos de la norma, se indica además que «se han registrado diversas vacunas desarrolladas en tiempo récord y se ha iniciado exitosamente la vacunación en las 24 jurisdicciones del país, la cual se intensificará en el corto plazo».

Este viernes, el Presidente encabezó en la Casa Rosada una nueva reunión del Comité de Vacunación contra el coronavirus, que se encarga de llevar a cabo el operativo para la distribución y aplicación en todo el país de las vacunas para prevenir el Covid-19.

Santa Fe adhirió

El gobierno de Santa Fe, a través del Decreto N.º 0174 firmado por el gobernador Omar Perotti, adhirió a la prórroga del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio hasta el día 9 de abril de 2021 dispuesta por el gobierno nacional a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N.º 168/21.

Esta medida mantiene la vigencia de las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 125/21 para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos y en los Partidos y Departamentos de las provincias argentinas, comprendiendo entre ellos a todos los departamentos de ésta.

Entre otras cuestiones, el Decreto aclara que en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos departamentos o partidos de la jurisdicción a su cargo, las autoridades provinciales podrán dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2.

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