La Corte Suprema de Justicia condenó a la provincia de Santa Fe, a la AFA y al club Rosario Central a indemnizar con aproximadamente un 1,5 millón de pesos a un simpatizante que perdió un ojo por un balazo de goma policial durante episodios de violencia ocurridos durante un partido de fútbol hace casi 12 años.
Según el fallo del máximo tribunal, al que tuvo acceso DyN, los hechos ocurrieron el 6 de septiembre de 2000, cuando el hincha de Vélez Sársfield Alejandro Agustín Molina concurrió al estadio de Rosario Central para presenciar un partido entre su equipo y los locales.
Al promediar el entretiempo -relató- se dirigió al baño y cuando salió «irrumpió la policía de la provincia de Santa Fe formada en cuadros de cinco efectivos y comenzó a agredir a quienes allí estaban. Como consecuencia de ello, recibió un golpe de palo por lo que intentó alejarse del lugar». Enseguida comenzaron las detonaciones y vio cómo los directivos de Vélez Rodrigo Poza y Guillermo Rodríguez «discutían con el jefe del grupo de combate de la policía provincial Héctor Lanche», quien «desde una distancia inferior a los dos metros abrió fuego contra él con una escopeta Itaca calibre 12/70 cargada con proyectiles antitumultos directamente a su cara».
«Los perdigones impactaron sobre su ojo izquierdo y lesionaron el hombro, el cuello, el mentón y la mejilla», y causaron la pérdida total de la visión por el estallido del globo ocular. Tras un largo peregrinaje judicial, la Corte resolvió finalmente hacer lugar a la demanda seguida por Alejandro Agustín Molina contra Héctor Alfredo Lanche, la Provincia de Santa Fe, el Club Atlético Rosario Central y la Asociación del Fútbol Argentino, condenándolos a pagar, dentro del plazo de 30 días la suma de $ 730.600, con más los intereses». Esa cuenta eleva el resarcimiento a alrededor de un millón y medio de pesos, estimaron fuentes judiciales.
El abogado querellante, Daniel Stragá, opinó que «la Corte tuvo especial consideración no solo el accionar negligente del funcionario policial, sino que también el daño se produjo en el marco del espectáculo deportivo, donde a los espectadores se les debe garantizar la vida y la integridad física». En ese sentido, destacó que el fallo «consideró responsable alorganizador del espectáculo, tanto el club local, en este caso Rosario Central, cuanto -y fundamentalmente- a la AFA».
El fallo de la Corte, notificado en las últimas horas, fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni.