El proyecto de Ley Tributaria enviado este lunes por el Ejecutivo provincial a la Cámara de Senadores pretende cobrar Ingresos Brutos a las plataformas de contenidos y servicios digitales como Netflix, Spotify y a sitios de apuestas virtuales. Las alícuotas irían del 3% a 12% de acuerdo a la prestación y las tarjetas de crédito que cobran el servicio serían los agentes de retención del gravamen.
El gobierno provincial buscará compensar parte de las pérdidas económicas ocasionadas por la pandemia a través del cobro a plataformas virtuales. La iniciativa será debatida en la Legislatura, instancia en la cual se tendrá que resolver una disyuntiva crucial: el impuesto, ¿lo pagarán las empresas o los usuarios?
En el año 2016, durante la gobernación de Miguel Lifschitz, el Frente Progresista Cívico y Social propuso un debate similar en la Legislatura. La iniciativa (que incluso llegó a aprobarse) naufragó ante la imposibilidad de cobrar el impuesto a firmas multinacionales que tributan fuera de Argentina. A partir de este antecedente, los legisladores deberán definir la alternativa para que el proyecto pueda convertirse en ley y aplicarse.
Más allá de la discusión de fondo que tendrá lugar en las próximas semanas, el gobierno de Omar Perotti buscará incorporar al Código Fiscal el cobro de Ingresos Brutos la economía digital. Este concepto abarca las plataformas como Netflix, Spotify, Amazon y sitios de apuestas online.
Las alícuotas que se pretenden cobrar irán del 3% al 12% y los emisores de las tarjetas de crédito serán los agentes de retención del gravamen. Esto da lugar a que la carga tributaria pueda caer sobre los usuarios.
De acuerdo al texto que ingresó al Senado provincial, la escala de alícuotas sería la siguiente:
3% a la comercialización de bienes o prestación de servicios digitales que se desarrollen o exploten a través de cualquier medio electrónico.
3,5% para la suscripción online de entretenimientos audiovisuales como películas, series o música.
4,75% a la comercialización de servicios digitales de formatos publicitarios, ofertas y otros contenidos.
5,5% para la intermediación en la prestación de servicios a través de plataformas online, sitios web, aplicaciones tecnológicas y dispositivos.
12% al juego online.