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La provincia debe indemnizar a un alumno accidentado en clase

Por Agustín Aranda / Carina Ortiz.-La Justicia local encontró responsable al gobierno de las lesiones y daños que tuvo un joven en clase de gimnasia.

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La Justicia local condenó al gobierno santafesino a resarcir a un adolescente que sufrió un accidente durante una clase de educación física y tuvo que someterse a varias cirugías afectando su carrera académica. El hecho ocurrió en 2007 dentro de un establecimiento educativo ubicado en el sudoeste de la ciudad. El Estado provincial deberá indemnizar a la familia del chico por un monto total de 66 mil pesos a cuenta de incapacidad sobreviniente, lesión estética, daño psíquico, moral, más gastos médicos, entre otros. El fallo fue dictado a mitad del año pasado por el tribunal colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la Segunda Nominación de Rosario, pero las autoridades lo dieron a conocer en las últimas horas.

El 21 de marzo de 2007, un alumno de 12 años que cursaba 5º grado de la Educación General Básica (EGB) en la escuela primaria N° 1276 “Martha A. Salotti”, ubicada en Biselli al 5600, resultó herido mientras corría como parte de ejercicios de gimnasia junto a sus compañeros.

Según testigos de la causa, recibió una zancadilla involuntaria por parte de uno de sus compañeros por lo que cayó al suelo y se lesionó la pierna derecha. Fue asistido por personal médico y luego trasladado en una ambulancia del CGL al Hospital de Niños Víctor J. Vilela, donde recibió tratamiento por la lesión y se le realizaron placas radiográficas. Como consecuencia del accidente, las pericias indicaron que sufrió una incapacidad del 15 por ciento, lo que redundó en una merma en su desempeño académico a cuenta de las tres intervenciones quirúrgicas a la que se tuvo que someter.

En 2009 la familia del joven inició una demanda judicial contra el gobierno provincial, quien se defendió interponiendo la prescripción del hecho tal como señala ley 17.418. Había pasado un año aunque los magistrados entendieron que no se podía considerar extintos los derechos del demandante.

La Justicia local encontró, tras el juicio, responsable al gobierno provincial del hecho y lo condenó a pagar 45 mil pesos por la incapacidad del joven. Otros 20 mil pesos deberá abonar a la familia a cuenta de perjuicio moral. “A partir del discurso del joven y los test administrados podría plantear que el accidente sufrido le significaron momentos de sufrimiento, limitaciones y cambios, generando sentimientos de enojo”, señala el fallo. También correrá por cuenta del Estado cubrir los gastos médicos y relativos a los tratamientos terapéuticos al igual que las costas de los abogados que participaron del juicio.

La responsabilidad cayó sobre el gobierno santafesino según lo determina el artículo 1.117 del Código Civil: “Los propietarios de establecimientos educativos privados o estatales serán responsables por los daños causados o sufridos por sus alumnos menores cuando se hallen bajo el control de la autoridad educativa, salvo que probaren el caso fortuito. Los establecimientos educativos deberán contratar un seguro de responsabilidad civil”. En el caso de escuelas públicas, incluye el artículo que fue modificado por la ley 24.830, sobre la responsabilidad de las autoridades estatales.