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Le fracturó la cara y lo absolvieron

Un empleado de correo que había sido condenado a tres años de prisión en suspenso por agredir brutalmente a un vecino fue beneficiado por un fallo de Cámara Penal. La víctima quedó con secuelas en un ojo.

En marzo de 2014, un vecino le pegó a otro con una tabla y le causó múltiples fracturas en la zona facial. El golpe fue desde atrás, a la altura del ojo derecho y le provocó cerca de diez fracturas: afectó el seno maxilar, órbita ocular, el tabique nasal, paladar, apófisis y demás huesos del macizo facial. Las lesiones dejaron secuelas en la visión del ojo derecho, debilitando el órgano visual en forma permanente. La bronca entre ellos era vieja y se desató por la voladura de un tanque de agua de uno ellos que rompió el techo del otro. Si bien la agresión  nunca se discutió, la defensa del acusado hizo foco en las circunstancias previas que rodearon el hecho, al carácter de la víctima y lo problemático que era en el vecindario. Si bien el empleado de correo fue condenado a 3 años de prisión en suspenso, la Cámara Penal lo absolvió. La fiscalía hizo un intento por torcer esa decisión pero no le abrieron el recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia y la absolución sigue en pie.

Eran casi las 6 del sábado 8 de marzo de 2014. Santiago C. estaba con un vecino cuando otro le dio un palazo desde atrás. La víctima dijo que la agresión fue captada por la cámara de seguridad de su casa. Pero su vecino Gustavo Ángel D., dijo que la filmación no muestra lo que pasó antes. Y contó el conflicto que arrastraba con la víctima.

Ambos son vecinos linderos, Santiago tiene un galpón al lado de la casa de Gustavo en pasaje Coulin al 2300. Una tormenta voló el tanque de agua de Gustavo que pegó en el techo del galpón de Santiago y lo rompió. Según Santiago, su vecino nunca se hizo cargo de los daños y eso desató la rivalidad aunque Gustavo dijo que intentó repararlo.

Mientras que Gustavo también dio su versión.  Confirmó que la rivalidad venía por el problema que tuvieron con el techo en 2012. Ese 8 de marzo trabajó de noche, se quedó hasta las 4 para ir a buscar a su hijo a un cumpleaños.  Su mujer lo llamó como a la 1.30 diciendo que Santiago estaba dando vueltas armado. Cerca de las 5.45 llegó con su hijo y cuando estaba por guardar el auto, su vecino comenzó a gritarle “te voy a matar a vos y a toda tu familia” y a insultarlo. Resguardó a su hijo. Otro hombre, amigo de Santiago, intentaba calmarlo y se lo llevó hacia la esquina. Entonces Gustavo agarró un palo “por instinto”, aseguró. Se le acercó a la esquina dónde hubo un cruce de palabras y según contó le dijo: “por qué me querés matar, a quien vas a cagar a tiros” a lo que le contesta Santiago: “a vos la concha de tu madre y cuando estaba por meter la mano en la cintura para agarrar el arma le aplico el golpe y me alejo”, aseguró.

Ya habían pasado una situación similar, dijo. El 23 de enero de 2013 lo denunció por balearle la casa. También hubo amenazas incluso telefónicas y a sus abogados, aseguró.

En primera instancia la jueza Hebe Marcogliese lo condenó a tres años de prisión condicional por lesiones graves. Dijo que los testigos coinciden en que el autor de la agresión fue Gustavo D.,  a lo que sumó el video y desestimó la legítima defensa, el exceso  o un error en ésta. La defensa a cargo de Marta Macat apeló.

La revisión

La Cámara Penal no llegó a la misma conclusión. Para ellos Gustavo D. creyó estar en un supuesto de agresión que le permitía defenderse legítimamente pero en realidad no lo estaba.  Para los vocales hubo una valoración sesgada de los testimonios, algunos de ellos apoyaban el discurso del imputado, y la jueza los entendió parciales al contraponerlos con el video.

Los camaristas vieron alguna muestra de parcialidad en el relato vinculada a la personalidad beligerante de la víctima,  sus antecedentes como vecino o los diferentes conflictos que protagonizó en el barrio frente al temperamento más pasivo y tranquilo del acusado, dijeron.

Para ellos no hubo un correlato con las prueba, hay una denuncia por amenazas que no tuvo una respuesta estatal, aseguraron. Todos los testigos pusieron de manifiesto no solo la conflictiva relación de la víctima con los vecinos sino también la disputa que tenía con Gustavo D. Para los magistrados el acusado entró en un error al entender que debía defenderse de una agresión y ese error era invencible. Los pormenores del caso, los antecedentes de la relación, la nocturnidad, la exaltación de la víctima, la intensidad de la amenaza hacia integrantes de su familia sumaron. No puede pedirse al acusado que aprecie con nitidez la situación objetiva y salga del error. Por lo que revocaron la decisión y absolvieron al hombre.

La fiscalía, a cargo de Carlos Covani, insistió con un recurso de inconstitucional que fue desechado y  la absolución a Gustavo D. sigue vigente.

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