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Le quebró la nariz al árbitro y debe pagarle 73 mil pesos

Un jugador deberá resarcir por un cabezazo que propinó 17 años en el torneo del club Provincial.

Tras esperar durante 17 años por una sentencia, el árbitro de un partido de fútbol que se estaba disputando en la liga de veteranos del Club Provincial será indemnizado con 73 mil pesos más intereses que, junto a las costas del juicio, deberá afrontar un jugador que lo provocó una triple fractura de tabique nasal tras agredirlo con un “feroz cabezazo” en el marco de un encuentro entre los equipos Antártida Argentina y Aguilucho en noviembre de 1999. El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº1 lo encontró culpable al agresor de daños físicos y morales.

El jugador nunca se presentó cuando fue citado por la Justicia, por lo que se le terminó “dando por decaído su derecho a contestar demanda y ofrecer prueba”. La consecuencia judicial es “tener por ciertos los hechos afirmados por el actor –el árbitro– en su demanda por la aplicación de los apercibimientos legales ante la «incontestación» de la demanda en mérito a lo normado”, según se explica en el fallo.

Además, se explica que sirve como prueba una declaración testimonial de quien vio golpeado al denunciante.

El partido donde ocurrió la brutal acción se jugó en las instalaciones que el club Provincial tiene en bulevar Oroño y Jorge Cura el 3 de noviembre de 1999.

En esa oportunidad el agredido se encontraba arbitrando un partido de fútbol en el marco de un torneo oficial interno de la categoría veteranos. En un determinado momento del encuentro, éste fue agredido con un “tremendo cabezazo”, hecho que fue denunciado como intencional.

Según un certificado médico, esto le produjo una triple fractura de tabique nasal con obstrucción de orificio.

Frente a esto, el árbitro decide iniciarle al jugador una demanda en la Justicia, pretendiendo que se lo indemnice por los daños derivados de los gastos de atención médica, incapacidad parcial y permanente, lucro cesante y daño moral.

“La pericial médica dictamina que el actor sufrió una fuerte contusión en su rostro particularmente en la región nasal lo que le causó una fractura con desviación del septum nasal a convexidad izquierda, observando el perito una sinusopatía crónica de ambos senos maxilares. Observa también obstrucción en la narina derecha y desviación del tabique nasal  Estima la incapacidad permanente y parcial en un 10 por ciento de la total vida”, se destaca en el fallo.

“La indemnización que se otorgue por incapacidad sobreviniente debe atender, primordialmente, al mantenimiento incólume de una determinada calidad de vida, cuya alteración, disminución o frustración, constituyen en sí un daño resarcible conforme a una visión profunda del problema tratado. Se sigue de ello que la cuantificación del daño en las obligaciones de valor se efectiviza en oportunidad de dictar sentencia”, se señala más adelante.

Para tomar la decisión, desde el Tribunal explicaron que a los fines de la estimación del resarcimiento por daño derivado correspondía meritar que el actor tenía 45 años a la fecha del hecho y que “realizaba changas diversas como trabajos de pintura y otro tipo  y además la actividad de árbitro”.

Además, se toma en cuenta la declaración testimonial de un árbitro de la segunda categoría que en aquel momento cobraba unos 180 pesos por semana, entre 33 y 35 pesos  por partido durante la semana y 45 pesos los fines de semana, suponiendo que el denunciante por ser árbitro de primera el denunciante “ganaría más”.

Así las cosas, la Justicia estableció que correspondía estimar por el rubro de incapacidad física, incluyendo la pérdida de chance, la indemnización en la suma de 61 mil pesos.

En mérito a las consideraciones de la pericial psicológica se estimó justo otorgar una indemnización de 12 mil pesos. Todo esto con los intereses y costas correspondientes correspondientes.

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