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CONVOCATORIAS

 

 

ASOCIACION MUTUAL SOLIDARIA MERCANTIL ARMSTRONG. A.M.S.M. INSCRIPCION NACIONAL Nº 1780. INSCRIPCION PROVINCIAL N° 1385. CONVOCA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. La Asociación Mutual Solidaria Mercantil de Armstrong (A.M.S.M.), convoca a sus asociados a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA  que se llevará a cabo el día 29 de abril de 2025 a las 19 hs. a realizarse en el local sito en calle Bv. Roldán 1838 de ésta localidad. Si en el horario fijado no se alcanzare a reunir la mitad más uno de los asociados, la Asamblea se llevará a cabo una hora más tarde con los asociados presentes. El horario mencionado es con el quórum de la mitad más uno de los asociados (art. 38 del Estatuto Social). En la citada Asamblea se tratará el siguiente orden del día: 1º) Designación del Presidente de Asamblea y dos asambleístas para firmar conjuntamente el acta de asamblea. 2º) Tratamiento fuera de término de la MEMORIA Y BALANCE periodo 2023/2024. 3º) Someter a consideración todo lo tratado en asamblea de fecha 12/04/2022 por incumplir con el Art. 21 de la ley 20.321 (quórum). Nota: 1.- Para participar los socios deberán presentar carnet de asociado activo o documento de identidad, tener la cuota societaria al día, no hallarse purgando sanciones disciplinarias, tener seis meses de antigüedad como socio (art. 32 del estatuto). FIRMA ESTE COMUNICADO SUSANA ELBA CENCHA PRESIDENTA, VERONICA BEATRIZ RICARTE SECRETARIA.

 

EDICTOS

 

La Sra. Juez de Primera Instancia y 17 Nominación en lo Civil y Comercial, de la Ciudad de Córdoba, en los Autos caratulados: “CAVALIERI GLORIA CELESTE C/ ESCOLARI LISANDRO TOMAS Y OTROS ORDINARIO TRÁMITE ORAL” EXP:12306598 cita y emplaza a los sucesores de la demandada, Sra. Juana Adela Reyes DNI  6.663.139 mediante edictos a publicarse por 5 veces en el Boletín Oficial y en otro diario de amplia circulación de la Ciudad Rosario, provincia de Santa Fe (Arts. 152 y 165 C.P.C.C) para que en el plazo de 20 días comparezcan a estar a derecho y constituyan domicilio procesal, bajo apercibimiento de rebeldía, conteste la demanda, opongan excepciones, o deduzcan reconvención, debiendo ofrecer la prueba de que hayan de valerse bajo apercibimiento de ley … NOTIFIQUESE. Texto firmado digitalmente por BELTRAMONE VERONICA CARLA – JUEZ. DOMINGUEZ VIVIANA MARISA – SECRETARIA. Córdoba 02 de septiembre de 2024.