Le pegó en la cabeza y lo desmayó, pensó que lo había matado. Lo llevó hasta un basural, ubicado detrás de su casa. Lo tiró junto sobre la basura y lo prendió fuego. Dos años después, el fiscal Ademar Bianchini llegó a un acuerdo con el defensor del imputado. Recalificó el hecho y lo desdobló. Aseguró que por un lado hubo una tentativa de homicidio doloso y luego un homicidio culposo. El fiscal se fundó en el informe de la autopsia. El documento dijo que si bien el golpe tuvo entidad para provocar la muerte, la víctima falleció por la inhalación de monóxido de carbono. Entonces Bianchini explicó que en la primera secuencia del hecho hubo dolo homicida pero después el agresor pensó que lo había matado y no comprobó sus signos vitales. Con esa creencia errónea lo prendió fuego, lo que tildó como un homicidio culposo. El acuerdo de partes fijó una pena de 5 años y 6 meses de prisión y el juez Juan Andrés Donnola resolvió homologarlo.
Era la madrugada del sábado 13 de diciembre de 2015. En la zona oeste, donde se existe un asentamiento precario de viviendas, Diego Castillo mató a su amigo Claudio Norberto Moyano. El acusado se ganaba la vida como cartonero y en la parte trasera de su casa, ubicada en Felipe Moré y Laguna del Desierto, hacía limpieza de lo que recolectaba y era habitual verlo prender fuego. Esa noche discutió con Moyano y le pegó con un objeto contundente en la cabeza. Moyano cayó desvanecido.
Castillo pensó que lo había asesinado. Corrió hasta la casa de una vecina y le dijo que había matado a alguien. Volvió y Moyano seguía en la misma posición. Decidió llevar a su amigo a la parte trasera de la casa, lo tiró en un montículo de basura que había en el lugar y lo prendió fuego. Varios testigos aseguraron haberlo visto incendiar basura.
A la mañana siguiente, el cuerpo de Claudio Moyano apareció calcinado. Los vecinos señalaron a Castillo y la policía fue a buscarlo a su casa. Se había cambiado de ropa y marchó preso. Castillo reconoció ante los uniformados el crimen. Dos días después Bianchini lo imputó por homicidio simple y el juez Juan Andrés Donnola dictó la prisión preventiva sin plazo.
Este viernes, en una audiencia oral, el fiscal pidió la homologación de un procedimiento abreviado, que acordó con el defensor oficial Daniel Kantor, aunque explicó que era necesario recalificar el hecho.
Dijo que un análisis más profundo de la autopsia determinó que Moyano no murió por el golpe. Si bien la lesión tuvo la entidad para causar la muerte –estaba agonizante– el deceso se produjo por la inhalación de monóxido de carbono. Entonces elaboró una nueva teoría. Dijo que hubo dos secuencias en el hecho. En la primera existió dolo homicida al pegarle a la víctima en la cabeza con un objeto contundente, pero no llegó a consumar el hecho. Producto de la lesión Moyano quedó inconsciente.
Castillo lo creyó muerto, salió de la casa, habló con una vecina, volvió y finalmente lo llevó a la parte trasera de la vivienda, lo tiró sobre un montículo de basura y lo prendió fuego. Para el fiscal esta segunda acción la cometió inmerso en un error: no sabía que estaba vivo. Justificó este último hecho en un homicidio culposo. El acuerdo fue sustentado por el defensor y el imputado dio su consentimiento. Pidieron una pena de 5 años y 6 meses de cárcel. El juez Juan Andrés Donnola resolvió homologar el convenio y condenar a Castillo a un poco más de un lustro por la muerte de su amigo.