El Concejo Municipal aprobó dos modificaciones a la actividad de los camiones gourmet que trabajan en cuatro parques de la ciudad. A través de dos ordenanzas aprobadas el jueves definieron que deberán ofrecer sin cargo un mínimo de 250 centímetros cúbicos de agua y tener hasta 6 mesas con cuatro sillas móviles por mesa. Las modificaciones alcanzan en la actualidad a los propietarios de las ocho licencias aprobadas por la Municipalidad de Rosario.
Cambio I
A partir de un proyecto presentado por el concejal del Partido Demócrata Progresista (PDP), Aldo Poy, la comisión de Salud y Acción Social giró al recinto un proyecto para que los camiones ofrezcan al menos un cuarto de litro de agua para cada cliente como parte del derecho a la jarra de agua. La iniciativa se desprendió de lo ya sancionado por el Concejo Municipal a instancias de la Cátedra del Agua de la Universidad Nacional de Rosario: los bares y restaurantes de la ciudad deben ofrecer sin cargo agua potable. “Los camiones gourmet son una propuesta gastronómica creativa, saludable y accesible que busca ampliar y mejorar la oferta gastronómica ambulante”, señalaron los concejales en la ordenaza y justificaron la inclusión del agua gratuita.
Cambio II
El concejal Carlos Comi (CC-ARI) sumó otra modificación sobre la cantidad de mesas y sillas que puede tener cada camión en la vía pública. El máximo es de seis mesas con cuatro sillas cada una y alteró la ordenanza N° 9444 del 2015 que prohibía disponer de cualquier espacio cercano. Los concejales entendieron, a casi tres meses de la puesta en marcha de la mayoría de los 8 camiones con licencias, que necesitaban permitir sillas para dar un mejor servicio al consumidor. No puede ocupar una superficie de terreno mayor que la del camión.
“El consumo de los platos en la barra no es siempre una opción viable por el continuo del flujo de clientes”, incluyeron en la ordenanza y cambiaron el artículo 11 de la ordenanza 7703 sobre los permisos para comercios.
Si bien pueden sumar mesas y sillas deberán mantener el resto de los requisitos. Entre otros, no entorpecer en absoluto el tránsito de peatones ni obstaculizar la visión vehicular; no formar aglomeraciones de personas; y ubicarse a más de 30 metros de un negocio del mismo rubro. “Para el caso de comercio ambulante con paradas móviles, la distancia mínima a mantener será de 200 metros con respecto a locales comerciales establecidos (bares, restaurantes)”, establecieron los concejales en 2015. Entre otras prohibiciones los concejales mantuvieron que no pueden instalarse en sitios destinados al ascenso y descenso del transporte de pasajeros, frente al acceso a reparticiones públicas, entidades bancarias, educativas, salas de espectáculos públicos, hospitales, sanatorios, garajes y templos de cualquier culto reconocido. Tampoco pueden trabajar en veredas donde está autorizada la colocación de mesas y sillas para el servicio de bares o restaurantes ni hacer propagandas de carácter comercial.