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Los plazos fijos ajustados por coeficiente UVA se deberán realizar por un plazo de seis meses

Así lo determinó el Banco Central por solicitud de las entidades financieras, que plantearon que es una herramienta que les genera pérdidas, porque garantiza un punto de tasa real positiva -es decir, por encima de la inflación- a los ahorristas

El Banco Central (BCRA) resolvió este jueves ampliar de tres a seis meses el plazo de colocación de los plazos fijos ajustados por coeficiente UVA, similar a la inflación.

La autoridad monetaria dispuso que el tiempo mínimo de permanencia será de seis meses.

Además, envió una señal a los bancos, al disponer que las entidades financieras podrán negarse a tomar estos depósitos por montos mayores a los $5 millones.

Los bancos venían realizando planteos por las elevadas tasas de interés dispuestas para las colocaciones a plazo, que fueron rebajadas tras asumir Javier Milei la presidencia.

Los plazos fijos UVA fueron uno de los temas que los banqueros le habían planteado a las nuevas autoridades del BCRA en la reunión que tuvieron hace algunos días. Se trata, dicen, de una herramienta que les genera pérdidas, porque garantiza un punto de tasa real positiva -es decir, por encima de la inflación- a los ahorristas.

Las modificaciones afectan particularmente a la alternativa que permite precancelar de forma anticipada el depósito a partir de los 30 días. La nueva norma se oficializó mediante la Comunicación «A» 7929, que el Directorio de la entidad aprobó este jueves y empezará a regir desde el 29 de diciembre.

Los principales cambios

El plazo mínimo del plazo fijo UVA precancelable pasa de 90 a 180 días. Es decir, que el dinero se tendrá que inmovilizar por al menos seis meses para percibir el ajuste por inflación.

Los bancos estarán obligados a captar este tipo de depósitos por hasta $5 millones por cliente, aunque si quieren pueden extender ese monto. Cuando el plazo fijo se constituya a nombre de dos o más personas, el tope se distribuirá proporcionalmente entre los titulares.

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