En medio de un clima tenso por el enfrenamiento entre el senador de San Lorenzo Armando Traferri y el ministro de Seguridad Marcelo Sain –tema que ocupó la mayor parte del debate parlamentario–, el Senado provincial dio media sanción este martes a la ley tributaria enviada por el gobernador Omar Perotti y giró el proyecto a la Cámara de Diputados.
La ley impositiva establece la política tributaria para 2021. Entre los principales cambios, se destaca el aumento del impuesto Inmobiliario del (22% promedio en el Urbano y 24% en el Rural), que el oficialismo defendió con el argumento de que esos porcentajes están por debajo de la inflación estimada para 2021. Los pequeños productores rurales de hasta 50 hectáreas pagarán el mismo impuesto que este año.
Si se termina aprobando la ley, las pymes tendrán asegurada la estabilidad fiscal. El proyecto también propone la adhesión al régimen de promoción de la economía del conocimiento con exenciones fiscales por diez años y vuelve a beneficiar a los contribuyentes del Inmobiliario porque los exime del pago de la cuota 6 y descuentos del 20% por el pago contado anticipado.
Además de la estabilidad fiscal para las pymes implica, no se modificará la carga tributaria para las demás empresas durante 2021. “Esto significa que ningún sector productivo tendrá más carga tributaria real el año próximo”, explicó en su momento el ministro de Economía de la provincia, Walter Agosto. “La presión fiscal global en 2021 será menor a la de 2020 en la provincia”.
El proyecto también congela el valor fiscal de los inmuebles, tanto urbanos como rurales, al suspender la aplicación del coeficiente de convergencia durante el año 2021, algo que hubiera impactado en las valuaciones y en el monto a pagar por el Inmobiliario Urbano y Rural.
La actualización del impuesto Inmobiliario en 2021 será en promedio del 22% en el Urbano y del 24% en el Rural. Los aumentos serán escalonados: en el Urbano, 10% (en los rangos 1 a 3), 25% (4 a 6) y 35% (para los más altos). Y en el Rural, 10% (rangos 1 a 3) 25% (4 a 9) y 35% (10 y 11).
Para los sectores afectados por la pandemia del coronavirus, la ley tributaria dedica un capítulo especial. Establece exenciones de las cuotas del Régimen Simplificado y de los saldos de declaraciones juradas de ingresos brutos y del impuesto de sellos por el periodo septiembre 2020 a marzo de 2021. En el caso del inmobiliario, se los exime de las cuotas 2 a 6 de 2020 y 1 y 2 de 2021. Las normas incluyen: bares, restaurantes y similares; servicios de alojamiento, hotelería, residenciales, campings y similares; agencias de viaje y turismo y similares; transporte automotor de pasajeros para el turismo, de excursiones y similares; servicios profesionales y personales vinculados al turismo; servicios de explotación de playas y parques recreativos; venta al por menor de artículos o artesanías regionales; servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones y similares; servicios para eventos infantiles; organización de eventos; servicios de soporte y alquiler de equipos, enseres y sonido para eventos; alquiler temporario de locales para eventos; peloteros; alquiler de canchas para deportes; jardines maternales, salones de baile y discotecas.
Por último, se establece una moratoria que amplía el régimen para regularizar deudas tributarias hasta el 31 de octubre de 2020 y mejora las condiciones de pago, tanto en los plazos, financiación, intereses y condonación de multas. En el caso de deudas generadas exclusivamente durante la pandemia, hasta el 31 de octubre, los planes permitirán esas deudas a valores históricos, sin intereses y hasta en 48 cuotas.