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Menores sin derechos: deuda pendiente del sistema penal

En la provincia los chicos de entre 16 y 18 años acusados de delitos quedan a merced de un juez sin juicio ni defensa.

En Santa Fe, cuando un niño en edad punible es acusado de cometer un delito tiene menos garantías procesales que un adulto. La vulneración de sus derechos mínimos se debe a que en la provincia todavía no existe una legislación que rija el procedimiento de enjuiciamiento para los menores de 16 a 18 años, tras la sanción de la ley nacional 26.061 conocida como la de los “derechos del niño” hace más de una década, que derogó el paradigma tutelar. Si bien en los últimos años dos proyectos fueron presentados en la Legislatura, ninguno se llegó a aprobar y todo indica que su tratamiento no es una prioridad. Esta semana, el Ministerio de Justicia adelantó que se elevarán a la Legislatura reformas en los códigos procesales civil y penal para mejorar el servicio de justicia en la provincia, pero nada anunció sobre la adecuación de la normativa interna a los estándares internacionales sobre minoridad que gozan de jerarquía constitucional.

“Los menores tienen hoy, en 2016, un modelo que la sociedad decidió desechar para los mayores. Eso pone a la provincia de Santa Fe en una situación de conflicto con la norma constitucional, además de Tratados Internacionales de Derechos Humanos, en particular la Convención sobre los Derechos del Niño que hoy resultan desconocidas en la operatoria cotidiana del proceso penal de menores”, dijo Daniel Papalardo, asesor de Menores en tribunales provinciales quien conoce la problemática desde adentro.

Es que la esperada reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe, que se terminó de implementar en febrero de 2014, puso fin a un sistema escrito e inquisitivo por otro acusatorio y oral y público; pero dejó afuera a los menores de 16 a 18 años. Y hoy continúan en desventaja respecto de los mayores ya que no tienen acceso a las mismas garantías y siguen, en el ámbito penal, bajo el derogado régimen de patronato.

“No puede hoy Santa Fe, con el alto índice de criminalidad que padece, tener herramientas de políticas sociales sobre los menores que se basen exclusivamente en el patronato insertado dentro del problema penal. Porque de esa forma lo único que estamos consiguiendo es reciclar al aparato represivo dentro de la estructura del proceso judicial y permitir prisiones anticipadas y encubiertas. Es decir, castigos penales anticipados y encubiertos con el eufemismo de «te estamos cuidando». Y tampoco puede ser que el juez que investiga a un menor sea el mismo juez que lo esté cuidando. Es una contradicción insalvable”, analizó Papalardo.

En ese sentido, el asesor de Menores resaltó que el actual Código Procesal del Menor (ley 11.452) faculta al juez a “disponer de los jóvenes para realizar estudios de su personalidad, condiciones familiares y ambientales e imponerle «medidas tutelares» en afectación concreta de su derecho a la libertad”. De esa manera “queda librado al criterio de cada juez qué pasos seguir y las medidas que ordena son de duración indeterminadas”.

La ley 26.061convive con el actual sistema penal juvenil, regulado por la ley 22.278, que mantiene su carácter netamente tutelar, estigmatizante y coincidente con la idea de que los menores son objeto de tutela y represión, y no sujetos de derecho.

Papalardo recordó que esa normativa se sostiene sobre la doctrina de “situación irregular” severamente cuestionada por especialistas y antagónica al paradigma constitucional de la protección integral del joven. Al respecto dijo que “históricamente la ley 22.278 fue generada como un eslabón más del diseño de un modelo de sociedad pergeñado por quienes en aquel entonces se encontraban en manos del aparato represivo del Estado, y que hoy han sido reiteradamente señalados como genocidas”.

Para el funcionario judicial, “la vigencia plena y efectiva del proceso penal para mayores de edad, fundados en el sistema acusatorio, no puede funcionar en paralelo con otro sistema que autoriza el inconstitucional arbitrio de los magistrados sobre los jóvenes, porque en tanto personas, estos sólo pueden ser sometidos por el poder punitivo del Estado con las debidas garantías”. Al respecto concluyó que en el marco actual del Estado de Derecho esto es inadecuado, “salvo que se visualice funcional al sistema perpetuar arbitrariedades que permiten disponer de una persona como si fuera una cosa”.

Un proyecto en vigencia

La semana pasada, el ministro de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe, Ricardo Silberstein, presentó junto al gobernador Miguel Lifschitz las modificaciones a los códigos procesales civil y penal y a la ley provincial de mediación, que elevarán a la Legislatura para su tratamiento. La gran omisión en sus anuncios fue en relación a la elaboración de un Código Procesal Penal Juvenil, una de las deudas más grande en materia penal que tiene la provincia.

Una fuente de ese ministerio dijo a El Ciudadano que por el momento no se está abordando el tema de los menores: “No hubo ningún mensaje sobre Justicia Penal Juvenil, al menos en esta etapa. Lo que no quita que en un segundo momento se revea”.

Hasta el año pasado, dos modelos de proyectos de ley esperaban su turno para ser tratados en  la Legislatura, aunque no tuvieron suerte. El del ex diputado provincial Eduardo Toniolli (actualmente concejal rosarino) que todavía tiene estado parlamentario ya que antes de terminar su cargo lo volvió a presentar. El otro modelo fue confeccionado por el ex ministro de Justicia socialista Juan Lewis. Pese a diferencias radicales en cuanto al tratamiento de los menores en conflicto con la ley penal, ambos asumían que los menores no tiene acceso a las mismas garantías y derechos que los adultos y que continúan bajo el derogado régimen de patronato.

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