Desde este miércoles están habilidaas las realizaciones religiosas en territorio santafesino. El decreto provincial señala que en los en los lugares considerados como de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, a la realización de eventos religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas, en los que deberá observarse, como máximo, un treinta por ciento (30%) de aforo.
La apertura será de 9 a 19 horas y para concurrir se deberá utilizar la protección de nariz, boca y mentón. La densidad de ocupación será de una persona cada dos metros cuadrados de espacio circulable.
Las actividades o celebraciones se llevarán a cabo con una pausa que permita la desinfección del local y de los elementos de uso habitual previo a la realización de la siguiente programada.
En el decreto también se señala que de ser posible, sectores de ingreso y egreso diferenciados y debidamente identificados, manteniendo un sentido unidireccional de circulación.
Así como la colocación de dispensadores con alcohol en gel o soluciones sanitizantes similares y elementos para limpieza y sanitización del calzado, los que deberán ser utilizados por los concurrentes para poder ingresar.
Decreto provincia Santa Fe Nº 0881 by ana on Scribd
Habilitan los oficios religiosos en lugares cerrados con aforo del 30 por ciento