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Multan a mujer que impidió que su hijo vea al padre

Por Carina Ortiz.- Tenían fijada las visitas en Tribunales. Ahora deberá pagar 250 pesos por cada vez que obstruyó el contacto.

Una mujer fue multada por la Justicia de familia por impedir el contacto de su ex pareja con su hijo de dos años. La sanción se dio en el marco de un trámite de régimen de visitas donde los padres de un niño acordaron que el hombre se encuentre con el pequeño dos veces por semana en Tribunales, y ante un asistente social, pero el convenio nunca fue cumplido y ahora la mujer deberá pagar 250 pesos por cada encuentro incumplido, lo que a esta altura asciende a la suma de unos 6 mil pesos.

Un trámite habitual en los juzgados de familia es la solicitud de fijación de régimen de visitas para el padre no conviviente, donde se determinan los días y lugar de encuentro del progenitor con el niño. Muchas veces ese acuerdo no se cumple, aunque rara vez un juez dispone la aplicación de una multa pecuniaria. Ello fue lo que sucedió en este caso, donde los padres de un pequeño acordaron que el hombre viera a su hijo los días martes y jueves en Tribunales y ante un profesional, porque el padre hacía un año que no tenía contacto con su hijo. Pero este convenio nunca se cumplió, porque la madre no llevó a su hijo a ninguna de las visitas pautadas, refirió una fuente cercana al caso.

Ante el incumplimiento, que ya llevaba cuatro meses, el padre pidió al Juzgado de Familia de la 5ª Nominación que intime a la mujer para que asista con el chico a las visitas, pero la madre, que es maestra, hizo caso omiso a las cédulas judiciales.

Entonces el hombre requirió que se bloquee la cuenta alimentaria donde deposita el dinero para la manutención del niño, pero esta medida tampoco modificó la actitud de la madre. Ello empujó al padre a solicitar la aplicación de una sanción conminatoria de 250 pesos por cada vez que la mujer impida el contacto entre el peticionante e hijo, sostuvo la fuente.

No es habitual la aplicación de este tipo de sanciones pecuniarias, ya que por lo general no se llega a estas instancias, refirió el juez de familia Marcelo Molina. “Cuando el padre que tiene la tenencia del chico impide el contacto con el no conviviente, se lo intima para que cumpla ya que la visita no es un derecho del padre sino del niño y hace a su derecho a la identidad”, explicó el magistrado.

“Si a pesar de la intimación el padre que tiene la tenencia incumple una alternativa es bloquear la cuenta alimentaria, ello no significa que el padre no debe realizar el depósito, sino que la madre no lo puede cobrar hasta que no cumpla. Antes se disponía el cese de la cuota alimentaria hasta tanto el padre que tenía la tenencia cumpla con su obligación, pero ello perjudica al chico. Entonces el juez Ricardo Dutto implementó una solución intermedia que es la suspensión del cobro”, refirió Molina.

Por su parte, el defensor del padre, Lionel Dvoretz, sostuvo a los medios que la sanción económica a la madre por el incumplimiento se hará efectiva sobre su sueldo de docente, además de la presentación de una denuncia penal por desobediencia a una orden judicial e impedimento de contacto.

Esta actitud por parte de la madre podría generar aún consecuencias más gravosas para la mujer ya que existe la posibilidad de que el padre solicite un cambio de tenencia e incluso podría intervenir en el caso la Subsecretaría de la niñez, refirió la fuente judicial.

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