“Esta es la única posibilidad cierta de recuperación de la gente que ha caído en el delito, si no repetimos el ciclo de encerrar por un tiempo para que después salgan y vuelvan a caer en el delito y el Estado sólo cumple una función represiva sin sentido”, sentenció –en el exacto significado de la palabra– el juez Luis María Caterina. Así se refirió ayer a un fallo que él mismo dictó a fines del mes pasado, pero que tomó estado público ayer: en la resolución, el magistrado penal de instrucción Nº3 liberó a un joven de 25 años, que había intentado robar a un taxista junto a un cómplice menor de edad en el barrio Empalme Graneros a principios de año, bajo la condición de que complete sus estudios primarios y secundarios. El avance escolar, además, será refrendado por el juzgado mes a mes.
En declaraciones radiales, el juez Caterina defendió su fallo. Aunque admitió que decisiones como las que él tomó no suelen estar bien vistas por la opinión pública –que reclama encierro– remarcó que en este caso se trata de una situación en la que el beneficiado no tiene antecedentes penales, y cuenta además con un trabajo.
“Si hubiera tenido cinco hechos de robo calificado es muy difícil. Pero si es una persona sin antecedentes, que tiene trabajo, se trata de un problema puntual al que hay que buscarle una solución puntual también”, enfatizó
A principio de mes, el mismo juzgado liberó a un joven de 18 años acusado de un intento de robo que no tenía antecedentes. En este caso, la condición fue que Ariel M, oriundo de una familia de pescadores de Remanso Valerio –entre el puente Rosario Victoria y Granadero Baigorria, terminara el secundario. El caso tuvo resonancia a partir de que el joven cargaba al momento del robo con un arma rota, que no disparaba.
El joven, que había cursado hasta octavo año de la antigua EGB, deberá presentarse una vez por mes en el tribunal y acompañar constancias de que es alumno regular. Lo usual es que las libertades se otorgan bajo compromiso de que la persona acudirá regularmente al tribunal, para demostrar su voluntad de seguir a disposición de la investigación. Pero en este caso, la medida apunta no sólo a mantener al muchacho ligado al caso sino a un fin resocializador y de contención.
Más atrás en el tiempo, la medida tiene otro antecedente enla Justiciasantafesina, esta vez, a cargo de la jueza de Menores Gabriela Sansó. En 2009, la magistrada condenó a tres años de prisión de ejecución condicional a Adrián R., un joven de 19 años que cuando era menor de edad cometió un hurto y un robo calificado. Sin embargo, Sansó dispuso que no fuera a la cárcel. En su momento, valoró que el encierro no podía contribuir a modificar conductas incorporadas en su historia de vida sino todo lo contrario, que la prisión reforzaría esos comportamientos.
Sansó le exigió continuar con la escuela y conseguir un trabajo. La medida quedó a cargo de las autoridades dela Direcciónde Control y Asistencia Pospenitenciaria.
En este caso, la diferencia es que la medida se aplicó en un juzgado de instrucción, que investiga delitos cometidos por mayores de 18 años y no está impregnado de una pretensión tutelar.