El gobierno reglamentó hoy una nueva moratoria para que las distribuidoras de energía salden su deuda con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) en ocho años.
Lo hizo tras la modificación que sufrió el artículo 89 del presupuesto, que autorizaba aumentos a las eléctricas para que le paguen a Cammesa.
Se trata de un esquema que replica el anterior de 2022, y apunta a que las distribuidoras regularicen su situación con la firma que administra el mercado mayorista.
Según la resolución 56/2023 publicada en el Boletín Oficial y firmada por la secretaria de Energía, Flavia Royón, se establece para los agentes distribuidores del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) que al 31 de diciembre de 2022 no hubieran celebrado los acuerdos relativos al Régimen Especial de Regularización de Obligaciones y que a esa fecha mantengan obligaciones pendientes de pago con Cammesa y/o con el MEM, un plan de regularización de deudas en hasta 96 cuotas mensuales y consecutivas.
La primera vence el mes inmediato siguiente a la firma del Acta Acuerdo correspondiente.
Esta moratoria difiere de la anterior porque no hay una tasa de interés menor ni plazo de gracia (en la anterior versión había hasta seis meses de gracia y una tasa de interés equivalente de hasta 50% de la vigente en el MEM).
Cada cuota será abonada en pesos por el equivalente del valor de los megavatios hora (MWh), según el resultado que arroje la fórmula de monetización del plan.
En la moratoria anterior, concretada en el último trimestre de 2022, se firmaron convenios con 16 distribuidoras de todo el país, para regularizar una deuda de $211.000 millones.
Según la resolución, los Agentes Distribuidores del MEM alcanzados podrán instrumentar el plan y suscribir las Actas Acuerdo con Cammesa hasta el 28 de febrero de 2023.
Vencido el plazo, Cammesa deberá iniciar o continuar las acciones administrativas y/o judiciales, así como todas aquellas medidas operativas y legales necesarias y/o convenientes cuyo objetivo consista en el resguardo de la integridad y regularidad de la cadena de pagos y cobrabilidad en el MEM.
Asimismo, será condición necesaria para la instrumentación del plan que, los agentes distribuidores del MEM renuncien incondicionalmente a todo derecho, acción o reclamo administrativo, judicial, extrajudicial o arbitral, en la Argentina y/o en el extranjero contra el Estado Nacional o cualquiera de sus dependencias y/o Cammesa.
El incumplimiento de las obligaciones de pago, tanto de la totalidad de la facturación corriente de Cammesa a partir de la suscripción de la respectiva acta acuerdo que implemente el plan y/o la falta de pago de dos cuotas por parte de los agentes distribuidores del MEM, implicará la resolución automática del acuerdo suscripto.
Los Agentes Distribuidores del MEM que registren deudas por compras de energía, potencia, intereses y/o penalidades con Cammesa y/o con el MEM por vencimientos que operen entre el 1° de enero de 2023 y el 28 de febrero de 2023 deberán regularizar las mismas con Cammesa en hasta 12 cuotas mensuales y consecutivas y con la tasa de interés prevista en los procedimientos establecidos en el Anexo I de la Resolución N° 61/92 de la ex Secretaría de Energía Eléctrica.