Camioneros

Tope al impuesto regresivo

Nuevo piso de ganancias: un alivio para los trabajadores

Desde el 1º de junio rige un nuevo piso del impuesto a las ganancias que alivia la carga tributaria sobre decenas de trabajadores camioneros a quienes les aplicaban el descuento. Mariano Mariano Sánchez, referente de la Secretaría de Estudios y Evolución del salario, brindó precisiones sobre el tema


Desde el 1º de junio rige un nuevo piso del impuesto a las ganancias que alivia la carga tributaria sobre decenas de compañeros a quienes se les aplicaba el descuento. La noticia, que nuevamente pone de manifiesto lo regresivo de este instrumento al recaer sobre el pueblo trabajador, es que se elevó de los $250.000 a los $280.932 (en términos brutos).

Para aclarar mejor la situación y dada la complejidad del tema, nos apoyamos en la experiencia del compañero Mariano Sánchez, referente de la Secretaría de Estudios y Evolución del Salario de la Federación Nacional de Camioneros, quien nos brindó precisiones acerca de este impuesto. “Se trata del mal llamado impuesto a las ganancias. No puede ser que un compañero que haga horas extras tenga que pagarlo”. Pero también señala que se trata de una histórica lucha de nuestra conducción: “Tanto Hugo como Pablo Moyano nunca tuvieron condicionamientos para decir que en realidad se trata de un impuesto al trabajo, ya que es agresivo y siempre va en aumento, afectando directamente a la clase trabajadora”.

De dónde venimos y de qué se trata la última actualización

Desde el comienzo de la pandemia, a principios de 2020, desde nuestro sector se venía trabajando en una modificación al impuesto a las ganancias. En 2021 se promulgó la Ley 27.617 que fijó un piso a partir del cual se realiza la nueva retención de ganancias, siendo en aquel primer momento de $150.000. Las permanentes variaciones como consecuencia de la inflación fueron modificando esa base de manera que, todo trabajador cuya remuneración al 1º de enero no superase los $250.000, no tenía retención de ganancias. “Nuevamente, los cierres o inicios de paritarias, y para no perder poder adquisitivo, tal como es la consigna de nuestra organización, se presionó para que finalmente, en función de un artículo de esa ley, el Poder Ejecutivo autorice a modificar nuevamente el piso en el mes de junio, llevándolo a los $280.932 brutos (unos $233.000 netos)”, explica Mariano Sánchez. De esta manera y con esta reciente actualización se consiguió un alivio para muchos compañeros que evitan los descuentos como consecuencia del aumento paritario cerrado por la Federación a principios del mes de mayo.

Derechos y obligaciones del trabajador

Como en toda relación hay derechos y obligaciones. Las obligaciones del trabajador se centran en presentar la documentación necesaria para bajar los márgenes de las retenciones en los casos que sea posible. “El trabajador, al menos una vez al año, debe hacer la presentación de un formulario, que es el 572 vía web, donde puede declarar tener hijos o hijastros menores de 18 años, hijos discapacitados sin tope de edad, a su mujer o esposo si no trabaja, donaciones, alquileres, seguros de sepelios, créditos hipotecarios. Estas deducciones permiten bajar el margen de retención. Por ejemplo, un trabajador al que le retienen $20.000 de ganancias y no presentó declaración jurada quizás si declara que tiene hijos o que su mujer no trabaja, lo ponen como carga y puede bajarle la retención a $1000 con solo presentar este formulario”, informa Mariano Sánchez.

El formulario se realiza vía web y lo importante es enfatizar en la obligación del trabajador de presentar todos los años esta Declaración Jurada, ya que es necesario actualizarla ante los posibles cambios que se generen en el grupo familiar del trabajador.

La empresa como agente de retención

El agente de retención es la empresa, que es quien hace las liquidaciones. En este sentido es central corroborar si la empresa está reteniendo de forma correcta. De acuerdo a los datos de la Secretaría del Salario hay un promedio de 8 de cada 10 empresas que realizan las retenciones de forma incorrecta. “Yo creo que hay un gran desconocimiento de la ley, de la resolución general que establece la Afip, del mecanismo de cómo se debe retener”, expresa Sánchez.

Hay una tercera arista a tener en cuenta, que es la articulación entre la resolución con el convenio colectivo de Camioneros, que tiene un tratamiento específico dependiendo de si son viáticos, horas gravadas o exentas, el salto de escalas, el prorrateo del SAC, el momento de las vacaciones, etc.

Por eso el acompañamiento de personas idóneas es fundamental, ya que son múltiples las variables que pueden determinar una incongruente liquidación del impuesto. Además, no todas las empresas tienen el mismo sistema de liquidación, aunque sí se pretende que todas tengan el mismo criterio. El principal es que el impuesto nunca sea agresivo ni confiscatorio, sino progresivo.

Cómo se aplica la devolución

La devolución, en los casos que corresponda, se gestiona a través del área de liquidaciones. El procedimiento se ejecuta presentando la documentación que avala por qué es una retención realizada de forma incorrecta. Para ello hay un formulario, el 1357, que sería una hoja de cálculo de cómo se retiene ganancias. Ese formulario hoy está digitalizado en la página de la Afip. Mariano Sánchez indica que “se le puede pedir al área de liquidaciones un modelo para poder realizarlo. Nosotros hacemos el análisis y lo podemos presentar a dicha área para hacer las rectificaciones. Las empresas también pueden directamente armar una rectificativa ante la Afip”.

Las empresas pueden devolver el dinero devolver al mes siguiente o al cierre del período fiscal.

Balance

Para cerrar interrogamos acerca del balance de estos años de trabajo en la Secretaría del Salario: “Hemos hecho logros importantes y genera satisfacción que tenga un impacto efectivo en el bolsillo del trabajador. En Santa Fe también trabajamos con el compañero Chulich en empresas en las que se había manifestado una retención elevada de ganancias y hemos hecho correcciones importantes”.

Por último, insiste en que “los trabajadores que tengan dudas, que consulten, que controlen si se les está liquidando correctamente el sueldo. Puede ser a un delegado, con las áreas legales del sindicato o con la secretaría del salario. Siempre puede haber desfasajes, incongruencias y corrigiéndolos el salto puede ser muy beneficioso para el trabajador”.

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