Ansol (*)
En la antesala de la campaña electoral 2023, el Gobierno Nacional decidió modificar la resolución sobre publicidad oficial que regía desde el macrismo.
Se informó que ahora para acceder a la pauta del Estado los medios tendrán que cumplir con diversos requisitos, entre los que destacan la expresa mención a evitar la difusión de discursos de odio y promover diversidad de voces y federalismo, un terreno donde los medios cooperativos, comunitarios y autogestivos se hacen fuertes.
La resolución 9090/2023, firmada por el secretario de Medios Juan José Ross, fija criterios objetivos para medios que quieran acceder a pauta oficial.
Se trata de alcance del medio, pertinencia del mensaje, zona geográfica para la que sale, fomento del federalismo, fomento a la pluralidad de voces (donde mencionan a las organizaciones sociales sin fines de lucro) y el cumplimiento de los artículos 70 y 71 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522.
Dos artículos claves sobre los discursos de odio
El 70 se refiere a “evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes”.
Por su parte, el artículo 71, sostiene que se deberá velar por el cumplimiento de normas para erradicar los consumos problemáticos como así también la discriminación y la violencia. De ahora en más se refuerza la idea de que el medio que incumpla con esto se le cortará la publicidad por parte del Estado.
La Resolución también aclara que quien que regula el cumplimiento de estos artículos es el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), y si hay sanción por incumplimiento de estos artículos, puede dar aviso a la Secretaria de Medio para que retire la pauta.
Ante la falta de respuestas por parte de la Secretaría de Medios, Ansol se contactó con el vicepresidente del Enacom, Gustavo López, quien aseguró: “la resolución no nos otorga más poder, nos otorga más responsabilidad. El poder de acción nosotros ya lo teníamos por los artículos 70 y 71. Ahora lo que tenemos es un grado más responsabilidad a la hora de dar aviso a la Secretaria de Medios o accionar (con la quita de pauta) ante la presencia de incumplimientos a esos artículos, como puede ser la presencia de discursos de odio”.
López aclaró que la resolución solo se tiene alcance a la suspensión del dinero por publicidad: “El Enacom no tiene la potestad de suspender la emisión de un programa o canal por incumplimiento de los criterios objetivos, porque eso atenta contra artículos de la Constitución Nacional, pero sí podemos intervenir para que la Secretaría de Medios suspenda la pauta”.
Quienes también respondieron las consultas de este medio fueron los representantes de la Defensoría del Público, el organismo que a instancias de la ya mencionada ley de Comunicación Audiovisual busca “promover, difundir y defender el derecho a la comunicación democrática de las audiencias de los medios de comunicación audiovisual”.
Horacio Lutzky, Subdirector de Asuntos Jurídicos de la entidad precisó que “la resolución viene a atender un reclamo histórico de la Defensoría”.
El abogado especialista en medios de comunicación indicó que “el cumplimiento de los artículos 70 y 71 es un reclamo histórico, y esto abre dos caminos: uno es que se puede accionar de manera preventiva, es decir, que si un medio que no cumple esos artículos, al solicitar pauta se la pueden negar. Y el segundo camino es directamente que se retire la pauta a quien la tenga pero empiece a incumplir con ese inciso F de la Resolución 9090/2023”.
Federalismo y pluralidad de voces en el reparto de pauta oficial
En este contexto, los medios cooperativos, alternativos y de autogestión miran con atención el criterio objetivo que busca velar por la pluralidad de voces, donde se hace referencia que corren con ventaja allí “los medios o plataformas gestionados por organizaciones sociales sin fines de lucro que acrediten debidamente su fin social, que emitan en lenguas de pueblos originarios y/o que emitan en las categorías de baja potencia según las definiciones técnicas que establece el Ente Nacional de Comunicaciones”.
En ese marco, Lopez, aseguró que “esto propicia un escenario en el que el Estado para garantizar la diversidad de voces o el federalismo destine más recursos a los medios comunitarios, alternativos o autogestionados que son los que más lugar le dan a esos actores, ahora van a poder contar con más recursos”.
Sin embargo, Lutzky fue más cauteloso: “Hay que ver cómo se aplica en los hechos, sí es interesante para seguir que, con la vieja resolución, el primer requisito a cumplir para acceder a pauta estaba vinculado al alcance del medio, entonces eso posicionaba mejor a los medios grandes. Ahora eso no sería así, aparece en igual de prioridad el fomento al federalismo o a la pluralidad de voces, por lo que tendrían más oportunidades de recursos los medios cooperativos o autogestivos. De todas formas eso se verá con el tiempo”.
En tanto, Agustín Espada, investigador del Centro en Industrias culturales, políticas de comunicación y espacio público de la Universidad Nacional de Quilmes, opinó que esta resolución “tal vez sea una de las mayores novedades regulatorias para medios del gobierno de Alberto Fernández”. La misma se da en la antesala de la campaña electoral por la presidencia, gobernaciones y municipalidades.
¿La Administración Pública cortará el dinero si un medio propicia discursos de odio por afinidad política, por ejemplo?
Esa pregunta pronto tendrá respuesta.
(*) Agencia de Noticias Solidarias