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Oficializan controles de la Afip para viajes al exterior

La resolución 3.333/12 establece que se deberán informar datos personales antes de autorizar la compra de dólares para la adquisición de paquetes turísticos. Entrará en vigencia mañana. Conozca los nuevos requisitos.

El Gobierno oficializó a través del Boletín Oficial la resolución 3.333/12 de la AFIP, con la cual busca reforzar el cepo cambiario al crear una herramienta informática que funcionará vía web, para solicitar información adicional a contribuyentes que adquieran paquetes de viajes a través de operadores turísticos. La medida entra en vigencia desde este martes.

Entre los requisitos que la agencia conducida por Ricardo Echegaray solicitará a quienes viajen al exterior están los datos personales de los turistas (nombre y apellido, fecha de nacimiento, actividad laboral, documento de identidad, CUIT o CUIL), así como también el país de destino, escalas, motivo del viaje, fecha de salida y regreso, medios de transporte y cantidad solicitada en pesos para la adquisición de divisas. La agencias de turismo, en tanto, deberán brindar información similar.

La ´herramienta´, denominada «Viajes al exterior», exigirá información adicional a contribuyentes, y «será sustancial y de relevancia para fortalecer los controles de la AFIP», señaló el ente recaudador, en una señal de que la injerencia del Estado sobre el mercado cambiario puede ir ampliándose en la medida que cada vez cueste más contener la demanda de divisas.

A esto se suman las quejas cada vez mayores de turistas que se encontraron con la «novedad» de que les es imposible retirar dólares de los cajeros automáticos, y sólo se les permite retirar pesos, algo que ocurre en muy pocos lugares del mundo.

El dato evidencia que la preocupación del Gobierno por aprovisionarse de dólares va en ascenso.

A través de este mecanismo, la AFIP solicitará información de los paquetes turísticos que venden los operadores, debiéndose detallar en qué moneda se concertó el pago del paquete, en cuantas cuotas y el CUIT del operador turístico.

«Esta información nos permitirá conocer en detalle la matriz del negocio de los operadores turísticos y, de esta manera, fiscalizar adecuadamente la renta declarada por los principales contribuyentes del sector, máxime considerando que estos pueden acceder al mercado de cambios sin limitación alguna y luego exigen a los turistas la cancelación en moneda extranjera del paquete», señaló el titular de la AFIP.

En un comunicado, el organismo recordó que en la actualidad, los operadores turísticos pueden acceder al mercado de cambios y adquirir moneda extranjera a través del código del Banco Central 635 «Viajes y Turismo».

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