En la primera jornada de la audiencia de apelación a la absolución de los nueve acusados en el caso Paula Perassi, la Fiscalía, representada por María Eugenia Iribarren apuntó los cañones contra la evaluación que hizo el tribunal del material probatorio producido en juicio. Dijo que los jueces no evaluaron la prueba indiciaria en forma integral, se quejó de la falta de perspectiva de género con la que se trató el caso y señaló que a Paula no le creyeron cuando se encontraba vulnerable y fue víctima de violencia de género. Cuestionó que no se diera una respuesta a la desaparición de Paula donde no se alentó ninguna otra hipótesis diferente a la planteada por la acusación. “La principal injusticia que se puede deducir de este fallo fue privar a la familia de una respuesta sobre lo que pasó», resaltó la fiscal. Para luego agregar: «Esto es lo que reclamamos: respuesta y justicia”.
La fiscal Iribarren contó que este caso lleva 8 años de proceso. Arrancó en el viejo sistema penal y acumuló 41 expedientes; tras ello, el caso quedó impune. Los nueve acusados: Gabriel Strumia -quién mantenía una relación extramatrimonial con Paula-, su esposa Roxana Michl, el chofer de Strumia Antonio Díaz y Mirta Rusñisky fueron absueltos del delito de aborto sin consentimiento seguido de muerte y privación ilegítima de la libertad agravada, en un juicio que se celebró en mayo pasado y que estuvo integrado por las magistradas Griselda Strólogo y Mariel Minetti junto al juez Álvaro Campos. La misma suerte corrió la pata policial acusada en el caso, es decir Gabriel Godoy, Aldo Gómez y María Galtelli, y los dos ex jefes de la fuerza Jorge Krenz y Adolfo Daniel Puyol, los cuales se sentaron en el banquillo de los acusados sindicados por los delitos de encubrimiento e incumplimiento de los deberes de funcionario, algunos de ellos también por sustracción, destrucción de pruebas y falsedad ideológica de instrumento público.
Fueron los uniformados que investigaron la desaparición de Paula Perassi el 18 de septiembre de 2011 salvo Puyol, quien tenía una relación comercial con Strumia y era el jefe de la Unidad Cuerpos de San Lorenzo. La Fiscalía y la querella a cargo de Adrián Ruiz y José Ferrara se quejaron de la absolución de todos los implicados.
En ese marco y en esta primera jornada, Iribarren hizo eje en tres cuestiones en relación a las quejas que tiene la acusación sobre la sentencia: la evaluación fragmentada que hizo el tribunal de la prueba indiciaria lo que debió hacerse de forma integral pero en su lugar se dedicaron a desmenuzar cada una de ellas y desecharlas, explicó.
El otro punto giró en torno al tratamiento del caso sin perspectiva de género. Iribarren dijo que la voz de Paula está en el juicio y figura en los chats que se escribía con un amigo que vive en Buenos Aires. Si bien el tribunal dijo que iba a evaluarlo con estas perspectiva sólo le creyó a Paula en un principio hasta un día antes de su desaparición cuando la mujer le contó a su amigo que se había arrepentido de hacerse un aborto en Rosario a donde había llegado con Strumia.
Iribarren dijo que a partir del 17 de septiembre de 2011 el tribunal dejó de creerle a Paula, por lo que sin lugar a dudas no tuvo perspectiva de género. Tampoco se valoró que se trataba del caso de un crimen sin cuerpo, esto le imponía al tribunal tener una mirada diferente y valorar en su análisis el esfuerzo que hicieron para eliminar todos los vestigios del crimen por el que estaban siendo juzgados los imputados, remarcó. «Absuelve a parte de los imputados, a quienes se les atribuye haber favorecido, colaborado, impedido la aparición del cuerpo y hasta el día de hoy, 8 años después, sigue sin aparecer», argumentó la acusación.
También la Fiscalía habló de una estructura desaparecedora que tiende a poner la lupa sobre la moral de la víctima como declaró el antropólogo Juan Nóbile en el juicio y sostuvo que ello impidió analizar el vientre materno, tampoco apareció el feto, ni el teléfono de Paula, ni otro que usaba indistintamente con Strumia, el cual se activó 12 días antes del hecho.
Iribarren hizo un recorrido por la relación entre Paula y Strumia que se inició unos meses antes, el contacto continuo entre ellos lo que se cortó después de su desaparición. Paula salió de su casa tras un llamado de un locutorio que quedaba a una cuadra de su vivienda y nunca más apareció. A los dos minutos impactó en la antena que toma ese locutorio una llamada de Strumia a su casa, lo que para la fiscal indica que estaba en San Lorenzo.
Habló de cómo Strumia cambió su versión a medida que aparecían pruebas, las falencias de su coartada y como no volvió a llamarla. Sólo hubo dos registros de llamadas a Paula después del hecho, salieron desde el teléfono de Strumia y fueron al buzón de voz: fue el 23 de septiembre y ya estando preso y con el teléfono confiscado.
Iribarren se enfocó en la dominación que Strumia tenía sobre Paula y como él no pensaba dejar nada de su vida. Paula dependía de Strumia y su humor cambiaba según cómo estuviera la relación, explicó la fiscal para contar por qué descartaron a la pareja de Paula como sospechoso: la mujer ya no tenía una relación aunque vivían en el mismo techo y también la insistencia de este hombre en buscarla.
Para rebatir los argumentos del Tribunal, la acusación señaló que desde un primer momento de la investigación se perdieron evidencias: no se secuestró el celular, ni la computadora de Strumia; no se intervino enseguida el celular, ni se fue a buscar a tiempo la filmación de la cámara de seguridad del locutorio y se perdió la grabación, enumeró la fiscal para agregar que no existe otra hipótesis, otra alternativa que la planteada en el juicio y es que Paula fue víctima de una estructura como lo describió el antropólogo Nóbile. Esa estructura desaparesedora que además de privarla de su libertad y causar su muerte permitió hasta el día de hoy que el cuerpo de Paula no aparezca. A lo que agregó que en estos casos hay vinculación con personas que pertenecen a las fuerzas de seguridad.
En sus fundamentos, el tribunal dijo que no se encuentra acreditado el aborto y para la Fiscalía fue precisamente por el accionar de la estructura desaparecedora. «En lugar de analizar el caso en ese contexto, lo rechazan y no analizan todos los otros elementos como que Paula estaba embarazada, que Strumia sabía que era el padre y no quería ese embarazo. Que intentó convencerla el día anterior a su desaparición para realizarse una práctica abortiva y Paula no se animó», argumentó la fiscal en esta segunda instancia para concluir que «el tribunal hizo un análisis donde rechaza el planteo de la Fiscalía y después acomoda y ajusta todo para que les cierre la conclusión anticipada a la que habían llegado, es decir la absolución de los acusados».
Para la acusación, resulta evidente que el tribunal nunca iba a poder entender que los imputados eran penalmente responsables de lo que le había ocurrido a Paula sin tener en cuenta toda la prueba reunida. «El trabajo del tribunal implicaba un mayor grado de compromiso y esfuerzo intelectual. Las mismas personas que se debieron investigar y juzgar eran los mismos representantes del Estado que tenían la obligación de investigar y esclarecer el hecho», concluyó la fiscal, quien continuará este miércoles con sus planteos para refutar los fundamentos brindados por el tribunal sobre su resolución respectos a los otros imputados.
Revisan fallo que absolvió a los acusados por la desaparición de Paula Perassi