El ministro de Justicia, Germán Garavano, justificó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), publicado hoy en el Boletín Oficial, que frenó la aplicación del nuevo Código Procesal Penal a partir del próximo 1 de marzo, al argumentar que «era imposible» su puesta en marcha.
En declaraciones radiales, el funcionario nacional explicó que el DNU es «una medida que anticipamos del primer momento». Y contó que el gobierno habló «con todos los actores del sector, que eran coincidentes» en la medida que se oficializó esta mañana.
Garavano señaló que «el gobierno anterior intentó apurar procesos», ya que «quería poner en marcha un proceso que en otros países ha llevado entre seis y ocho años», por lo que cuestionó que «acá se quiso hacer de un día para el otro».
La aplicación del Código Procesal Penal de la Nación, cuya entrada en vigencia estaba prevista para el 1° de marzo próximo, fue suspendida por decreto de necesidad y urgencia (DNU), firmado por el presidente Mauricio Macri y todos sus ministros, según publica hoy el Boletín Oficial.
La suspensión, que implica la modificación de varios artículos de la ley 27.063, entrará en vigencia de acuerdo con el «cronograma de implementación progresiva que establezca la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Nuevo Código Procesal Penal que funciona en el ámbito del Congreso de la Nación, previa consulta con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Consejo de la Magistratura», consigna el artículo 1° del DNU.
En otro de sus artículos, el decreto indica que se establecerá un Plan Progresivo de Asignación de Recursos para el Ministerio Público Fiscal que estará integrado por representantes de esa cartera, del Ministerio de Hacienda y Finanzas, de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del nuevo código y por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
De la misma manera, en el artículo 65 se indica que será convocada una Comisión Técnica a los efectos de «establecer un Plan Progresivo de Asignación de Recursos para el Ministerio Público de la Defensa de la Nación».
El artículo 7° establece que el jefe de Gabinete de Ministros queda facultado a partir de hoy para efectuar las reestructuraciones presupuestarias que resulten necesarias, en cumplimiento del artículo 37 de la ley 24.156.