El Secretario de Inteligencia, Oscar Parrilli, remitió este miércoles al juez en lo penal económico Rafael Caputo más información a la que oportunamente presentara en su denuncia, en el marco de la causa en la que se investigan las maniobras de contrabando de Antonio Horacio Stiuso, Alejandro Patrizio y Nicolás Mercado.
Según confirmaron fuentes judiciales a la agencia oficial Télam, el texto presentado ante el juzgado nacional en lo Penal Económico 3 fue acompañado de un nuevo listado con detalle de importaciones realizadas en los años 2013 y 2014, que fuera informado por la empresa Terminal de Cargas Aeropuerto SA -operadora en el Aeropuerto de Ezeiza- y que no figuraban en la documentación recibida por la Dirección General de Aduanas ni en documentación obrante en el organismo.
Allí se informa que a las casi 100 toneladas ya denunciadas, se agregan 16 operaciones adicionales, cuyo material no ha sido encontrado ni identificado dentro del patrimonio de la Secretaría, proveniente de los Estados Unidos, Brasil y Corea por un total de 17.290 kilogramos de mercadería identificada como material electrónico y médico, simulando el mecanismo para ingresar al país material de carácter técnico secreto.
El 24 de febrero, el Poder Ejecutivo denunció penalmente por presunto contrabando agravado y evasión fiscal a Stiuso, Patrizio y Mercado, quienes habrían utilizado prerrogativas especiales que tiene la Secretaría de Inteligencia pero utilizándolas para el comercio ilegal.
En aquella oportunidad, Parrilli detalló en una conferencia de prensa brindada en Casa de Gobierno que «gracias a información brindada por la Aduana pudimos llegar a la conclusión que, durante el 2013 y el 2014 se realizaron 67 importaciones por 94 mil kilos de mercadería que tipificamos como contrabando, porque no estuvo destinada a la SIDE ni a cumplir una función de la Secretaría».
Los acusados habrían aprovechado las prerrogativas especiales, contempladas en la Ley de Inteligencia Nacional, que le permite a la SI «importar mercadería con un régimen especial, que no tributa impuestos de ninguna naturaleza» y que además, al considerarse material técnico secreto, a los fines de los objetivos de la SI, «esa mercadería tampoco es controlada ni verificada para su retiro».