Dos comerciantes fueron condenados este miércoles en los Tribunales de Bahía Blanca a prisión perpetua, acusados de haber violado y asesinado al adolescente Federico Margiotta, de 13 años, durante una fiesta sexual en la ciudad bonaerense de Coronel Pringles en 2002.
La sentencia surgió en el marco del segundo juicio oral por el crimen de Margiotta, ya que en 2007 los mismos comerciantes, identificados como Pedro Martínez (51) y Jorge Fabrizio (70), habían sido absueltos en otro debate que fue anulado por la Cámara de Casación Penal bonaerense en noviembre de 2017.
El Tribunal Oral en lo Criminal 3, integrado por Eduardo D´Empaire, Hugo Adrián De Rosa y Ricardo Gutiérrez, condenó «por mayoría» a Martínez y a Fabrizio a prisión perpetua como coautores del delito de «homicidio agravado criminis causa» y también a este último por «abuso sexual con acceso carnal».
Además, el Tribunal ordenó la inmediata detención de los dos comerciantes, que llegaron en libertad al debate y no concurrieron a esta última audiencia realizada en la sala del quinto piso del Palacio de Tribunales, en Estomba 34 de Bahía Blanca.
Tras culminar la audiencia y con una orden judicial, la policía concurrió a las casas de los condenados pero no fueron hallados, por lo que aún permanecían prófugos, señalaron fuentes judiciales.
También los jueces dispusieron que los condenados abonen a la familia de la víctima una indemnización por daño material y moral sufrido en el plazo de diez días la suma de 2.300.000 pesos más intereses.
En el marco de la audiencia en la que además se encontraban familiares de la víctima y no de los imputados se procedió a la lectura por secretaría del Tribunal de la parte resolutiva.
El fiscal del juicio Rodolfo de Lucía dijo a Télam que «la resolución del tribunal confirma la hipótesis de la fiscalía, es lo que nosotros consideramos desde el primer juicio».
«Evidentemente el tribunal, más allá de que fue por mayoría, con lo cual es una disidencia que después vamos seguramente a tener conocimiento de la sentencia completa, llegó a la misma convicción que nosotros que con la prueba que había no había otras alternativas que la culpabilidad de los dos imputados», expresó.
El fiscal dijo que «el tribunal ordenó la inmediata detención (de los condenados) teniendo en cuenta que más allá de ser una sentencia que no está firme es a prisión perpetua, lo que aumenta en principio la perspectiva de una posible fuga».
«Los jueces consideraron que no había elementos suficientes para atribuirle a Martínez la participación del abuso sexual, con lo que solamente consideraron probada su participación en el homicidio agravado que no es una cuestión menor porque le corresponde prisión perpetua», agregó.
Según la investigación, a Margiotta lo vieron con vida por última vez el 18 de agosto de 2002 en la vereda de su casa ubicada en el bulevar Uruguay 1648, de Coronel Pringles, ubicada a 120 kilómetros al noroeste de Bahía Blanca.
Inicialmente sus familiares pensaron que el menor de edad había fugado de su casa, aunque luego fue hallado asesinado a un costado de la ruta Provincial 85.
Durante la investigación, se determinó que el adolescente fue golpeado en diversas partes del cuerpo, sometido a distintas prácticas sexuales y sumergido en un tanque de agua, donde murió por asfixia mecánica por sumersión y sofocación.
Por el crimen, fueron detenidos el 6 de marzo de 2005 Fabrizio, un conocido comerciante de electrodomésticos de Coronel Pringles, y Martínez, propietario de una cadena de verdulerías, acusados de haber violado y asesinado a Margiotta en una fiesta sexual realizada en esa ciudad.
La pista para dar con los acusados la habían dado las hermanas Natalia y Jésica Gorordo, quienes declararon haber participado en una fiesta que terminó con la muerte del adolescente.
Sin embargo, una de ellas se desdijo durante el juicio oral de 2007 y denunció que había mentido por temor a represalias, lo que fue tomado en cuenta para las absoluciones dispuestas por los jueces Raúl López Camelo, Fabiana Castaño y Pablo Soumolou.
En su fallo, el tribunal a cargo del primer juicio consideró que «había falta de pruebas para condenar» a los comerciantes.
Luego, la querella y la fiscalía apelaron las absoluciones y en noviembre de 2017 la sala III del Tribunal de Casación Penal bonaerense anuló el fallo y ordenó la realización de un nuevo juicio oral.