La fiscal actuante en el caso de Yamila S., la joven condenada a 9 años de prisión por la muerte de su hijo, a quien dio a luz en 2012 en el baño de su casa tras un parto en avalancha, apeló la decisión de la jueza de Sentencia 8ª, Marisol Usandizaga. Al momento de dictar el fallo, la magistrada trató de “manipuladora” y “mentirosa” a la joven que tras el parto abrió la placenta, sacó al niño, al que creyó muerto, lo colocó en una bolsa y lo dejó en un lavarropas. La jueza sostuvo que la joven, por ese entonces de 19 años, debió pedir ayuda a sus padres. Pero la fiscal Cristina Herrera no compartió el criterio y entendió que no hay elementos probatorios que brinden certeza a la comisión del delito de abandono de persona seguido de muerte agravado por su condición de progenitora y solicitó, en base al criterio de objetividad, que el fallo se revoque.
Yamila estaba embarazada de su segundo hijo con una relación de pareja terminada. Vivía con sus padres, quienes no tenían conocimiento de que se encontraba cursando un embarazo. El 10 de marzo de 2012 comenzó con náuseas y vómitos. Se dirigió al baño de su casa y tuvo un parto en avalancha, como se llama a un nacimiento muy brusco y sin pausa. La joven sostuvo que se impulsó hacia el inodoro e hizo fuerza para vomitar y ahí el bebé –que pesó 4 kilos– cayó junto a la placenta y el cordón. La muchacha declaró que al ver la escena atinó a romper la bolsa y sacar a la criatura pero estaba muerto, lo colocó en una bolsa y lo dejó en el lavarropas que estaba en el lugar y comenzó a limpiar la sangre.
Peritajes posteriores determinaron que el bebé llegó a expandir sus pulmones y falleció por un traumatismo encefálico grave. En un primer momento Yamila fue imputada por homicidio calificado, estuvo 9 meses detenida tras lo cual el juez Javier Beltramone adecuó la calificación a abandono de persona seguido de muerte. Tras la modificación de la figura penal que se plasmó en el procesamiento, la joven logró un arresto domiciliario y desde entonces permanece en esa situación.
En septiembre pasado la jueza de Sentencia Marisol Usandizaga la condenó a la pena de 9 años de prisión con una dura sentencia donde cuestionó no sólo a la joven sino también a las organizaciones que luchan por los derechos de las mujeres y al tratamiento que la prensa le dio al caso.
Por su parte, la fiscal Cristina Herrera, que se incorporó recientemente a la causa –antes estaba al frente su par Nora Marull –evaluó el caso y apeló al principio constitucional “in dubio pro reo” –en caso de duda, a favor del reo– al entender que la prueba colectada no demuestra con certeza la autoría del delito endilgado. A ello sumó su deber de objetividad, y apeló el fallo. La funcionaria solicitó la revocación del decisorio, lo que en caso de admitirse deja abierta la posibilidad de una absolución.
A Herrera le surgieron distintas dudas, entre ellas cómo se golpeó el bebé al nacer o cuánto tiempo sobrevivió tras su nacimiento. En este último ítem es difícil saber realmente si un auxilio habría logrado salvarlo, como deja entrever la sentencia.
A su vez, la fiscal cuestiona el análisis que la jueza hace respecto de algunos puntos, especialmente la calificación legal. Para que se concrete el delito de abandono de persona seguido de muerte es necesaria una omisión, es decir que no se realice una acción. En este caso esa conducta hubiera implicado prestar auxilio al pequeño y para ello es indispensable que el pequeño haya estado con vida, circunstancia que no se pudo determinar en el proceso. En rigor, no se sabe con certeza si el bebé estaba vivo o no en el momento que fue dejado en el lavarropas, lo que siembra dudas en cuanto al hecho delictivo que se le achacó a Yamila.
Con todos estos elementos la fiscal solicitó la revocación del fallo condenatorio.