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Policía encausado por enriquecerse

La jueza Alejandra Rodenas procesó al comisario retirado Osvaldo Bejarán. Sostiene que el nivel de de vida que llevaba adelante no lo podía sostener con su salario policial. Compró inmuebles, vehículos y una chapa de taxi y ahora afronta juicio.

Un comisario mayor retirado fue procesado por enriquecimiento ilícito. La decisión fue tomada por la jueza de instrucción Alejandra Rodenas tras una pericia contable que estimó que el patrimonio del ex uniformado no condice con sus ingresos. Dos propiedades, una chapa de taxi y una decena de autos en su haber durante su paso por la fuerza –de 1978 a 2008, más otros dos años que se tienen en cuenta por ley para investigar– no encuadraron con sus ingresos. Si bien existe una veintena de investigaciones abiertas contra altos jefes policiales por este delito, el caso de Osvaldo Raúl Bejarán generó el segundo procesamiento que se conoce después del fallo contra el ex jefe policial Hugo Giuliano. El  procesamiento no está firme.

A raíz de un informe de la Secretaría de Control de Seguridad de la División Judiciales, efectuado en 2009, se inició una investigación administrativa contra el retirado comisario mayor Osvaldo Raúl Bejarán. El uniformado ingresó a prestar servicios en la fuerza en febrero de 1978 y se retiró en septiembre de 2008. Por ley, la pesquisa debe extenderse otros 2 años por lo que el período investigado llegó a 2010. Durante la pesquisa en sede administrativa el comisario no logró conformar los requerimientos en cuanto al origen de su patrimonio y la causa se judicializó.

Durante el período investigado, el funcionario policial tuvo dos matrimonios y un divorcio. Ante ello la instrucción se dividió en dos plazos según sus relaciones sentimentales. En el primero, que va desde enero 1992 a 2002, donde Bejarán adquirió un Renault 19 nuevo, un Renault Magane modelo 2000, una Ford F100 y un inmueble. Además invirtió en mejoras en la propiedad. Según el informe, el arreglo implicó un gasto de 50 mil pesos donde el imputado sostuvo que 25 mil pertenecían a un retiro laboral de su esposa que nunca se documentó, por lo que la pesquisa estimó que el resto fue aportado por Bejarán aunque su capacidad de ahorro en dicho período no alcanzó esa cifra.

En su segundo matrimonio Bejarán debió afrontar un juicio de divorcio vincular, donde se estima que disminuyó su capacidad económica y el uniformado se quedó con un Renault Clio. En 2003 compró una chapa de taxi y un automóvil, también un Chevrolet Corsa modelo 2003, en 2004 un auto Renault y un inmueble. Además adquirió un Fiat Uno en 2005, un Renault Clio en 2006, donde figura que entregó otro auto en parte de pago, y en 2007 compró otro Renault Clio diésel. Finalmente, en 2008 un Corsa y una Chevrolet Blazer fueron parte de su patrimonio. El último rodado que adquirió fue una Renault Mini Bus.

Este cúmulo de bienes más los gastos con tarjetas de crédito –algunos de ellos en el exterior– fue contrastado en cada período con los ingresos que incluyeron sus sueldos como funcionario policial, la entrada de dinero que le generó el taxi y las cuentas bancarias que poseía en 5 bancos diferentes.  A su favor Bejarán sumó trabajos adicionales en bancos y donaciones de sus padres, pero esto último no fue documentado, tampoco los ingresos de sus progenitores.

Por su parte, la pericia contable no sólo analizó los bienes y valores que surgieron de las declaraciones juradas, sino de todo su patrimonio, donde se cruzó información emitida por distintas reparticiones públicas. Con esta información, el perito concluyó que los fondos disponibles por Bejarán no alcanzan para justificar su incremento patrimonial. El informe determinó que los años 2002, 2003 y 2004 el informe patrimonial fue negativo, por lo que no se justifica la compra de la chapa de taxi ni el resto de los bienes adquiridos en esos años.

Con todos estos elementos la jueza Rodenas resolvió el procesamiento del ex jefe policial por el delito de enriquecimiento ilícito y afirmó que “el desempeño de cargos públicos implica un compromiso personal, de llevarlos a cabo con el propósito de servir a la comunidad y no de utilizar los mismos para lucrar en provecho propio. En otras palabras, servir a la ciudadanía y no servirse a ella”. La resolución no se encuentra firme.

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