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Prepagas avalan DNU y ratifican aumento del 50%: «El sistema iba a chocar contra una montaña»

El presidente de Swiss Medical Group consideró que el sistema de medicina prepaga, como venía funcionando, “iba a chocar contra una montaña". La ley de prepagas o ley Belocopitt, incluida en el DNU de Milei, desregula el mercado a medida de la cartelización existente

El presidente de Swiss Medical Group, Claudio Belocopitt, señaló que el sistema de medicina prepaga, como venía funcionando, “iba a chocar contra una montaña”, al referirse al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó el presidente Javier Milei que incluye modificaciones a la operatoria de este sector, y recordó que en enero entrará en vigencia un aumento de entre 40% y 50% para los afiliados de prepagas.

“Los costos iban por el ascensor y las actualizaciones (de las cuotas) por la escalera, lo que generaba un deterioro descomunal. En la Unión Argentina de Salud (UAS) vamos a hacer una reunión en las próximas horas donde nos vamos a juntar para, primero, definir prácticas para salir de una situación que es extremadamente alarmante”, señaló el empresario en diálogo con Radio con Vos.

“El aumento promedio de atraso para amortiguar parcialmente los impactos que tenemos va a estar entre 40% y 50% en enero. Esa fórmula fue armada para una inflación del 3% mensual y no para una del 25% o 30%» como sucede en la actualidad, sostuvo.

Tras lo cual, manifestó: “No estoy contento en tomar estas medidas, pero la industria farmacéutica nos viene con aumentos del 100% o 120% en los medicamentos y nosotros no podemos decirles que paramos de comprarles”.

El directivo calculó que la cuota debió haber aumentado en el año un 137% para no quedar rezagada con la suba de costos.

El incremento de enero incluye un 6,26% correspondiente al Índice de Costos de Salud –fórmula que se utilizaba para los incrementos de las prepagas- más un 32,38% para los afiliados que tuvieron la cuota congelada en los últimos meses.

Esto último comprende el acumulado de los incrementos suspendidos desde fines de agosto -por decisión del exministro de Economía, Sergio Massa- para las familias con ingresos que no superen los $ 2 millones mensuales.

Los afiliados de las prepagas se han quejado en múltiples ocasiones por los habituales aumentos de las cuotas de las prepagas, a la vez que los médicos prestadores protestan por los bajos recursos que reciben de esas empresas a cambio de sus servicios.

Belocopitt recordó que los insumos y el equipamiento médico son importados y, por ende, resultaron afectados por la reciente devaluación.

De todos modos, sostuvo que “sería mejor que el decreto vaya al Congreso, se discuta y se definan todos los casos para que no quede ninguna duda”.

“Me parece que hay que entrar en un proceso de ordenar un sistema que está muy roto y después competir libremente” comentó el titular de Swiss Medical que, junto con Osde, concentran aproximadamente la mitad de los usuarios.

Más allá del aumento que ya estaba previsto para enero, aún se desconoce cuál será el sendero que tomarán las prepagas tras la publicación hoy del DNU 70/2023.

El decreto introduce modificaciones al marco regulatorio de la medicina prepaga, liberalizando los precios de sus cuotas y permitiendo a los afiliados redireccionar de forma directa sus aportes de salud a estas empresas.

Entre los considerandos del decreto se señala que la liberalización de precios permitirá “aumentar la competitividad del sistema”.

La modificación a la Ley 26.682 -aprobada en 2011- le quita la potestad al Estado de “revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones” y elimina la comisión permanente que regulaba las prepagas que contaba con representantes del Ministerio de Salud y de Economía, al igual que el Consejo Permanente de Concertación que contaban con integrantes ad-honorem de Salud, y entidades representativas de los usuarios y las empresas.

También anula la obligación de las empresas de transferir a los afiliados a otra empresa en el caso de quiebra.

Además de no poder regular los precios, la autoridad de aplicación no tendrá capacidad de fijar los aranceles mínimos obligatorios ni regular los modelos de contratos.

El único criterio que quedará vigente para las cuotas de las prepagas es que haya una variación máxima de tres veces entre el precio diferencial para los planes de la primera y la última franja etaria.

Hasta ahora los aumentos debían ser autorizados por el Estado en función de criterios de razonabilidad y de variaciones de la estructura de costos de la firma: para ello, desde la administración de Alberto Fernández, se utilizaba un Índice de Costos de Salud que era publicado mensualmente por la Superintendencia de Servicios de Salud, el cual sustituyó los aumentos discrecionales que autorizaba el Poder Ejecutivo en los gobiernos anteriores.

Como referencia, dicho índice dio 6,26% en noviembre último (que se usará para los aumentos autorizados en enero), 11,51% en octubre, 10,98% en septiembre y 6,97% en agosto.

El índice tiene un rezago de dos meses respecto al momento de relevamiento de los datos y la fecha de aplicación de las alzas en las cuotas.

Del mismo modo, el DNU elimina los topes de aumentos -equivalente al 90% de la variación mensual del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) – que regían desde 2022.

Estos topes regían para los trabajadores que tenían ingresos netos mensuales equivalentes a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que en la actualidad totalizan $ 936.000.

Por tanto, con el decreto, ya no habrá más segmentación de cuotas por ingresos dentro del universo de más de 6 millones de usuarios de la medicina prepaga.

Otro punto clave del DNU es que desde ahora las prepagas entrarán dentro del mismo régimen que las obras sociales.

El decreto añade a las firmas bajo el paraguas de la Ley 23.660 (hasta hoy, especifica de las obras sociales), lo cual permitirá a los trabajadores redirigir sus aportes de forma directa a la entidad de medicina privada.

Hasta el momento, pasado el primer año -donde los aportes deben ser redirigidos a la obra social seleccionada por el empleador- los usuarios de prepagas tenían la posibilidad de tramitar ante la empresa la deducción de sus cuotas de dicho aporte.

Hasta ahora, esos aportes tenían que pasar por una obra social seleccionada por la prepaga que actuaba como intermediaria y que se quedaba con un porcentaje de los aportes antes de girar los fondos, el cual promedia el 5% en el caso de que las prestaciones son brindadas en su totalidad por prepaga. Con el DNU, los aportes se podrán destinar de forma directa a las firmas privadas.

“No existirá más la triangulación. La gente ahora puede derivar sus aportes a una empresa de medicina prepaga pero lo hace eligiendo una obra social que contrate esa empresa. Lo que se establece ahora es que se pueda hacer de manera directa”, señaló Belocopitt.

La incorporación de las prepagas al régimen implica también que deberán realizar los aportes al fondo de redistribución con el que se financian las prácticas de alta complejidad, el cual equivaldrá al 20% de las cuotas, el mismo porcentaje que actualmente destinan las obras sociales del personal de dirección.

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