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Presentan nuevo amparo contra una arenera que no cuenta con estudio de impacto ambiental

El primer amparo fue contra la planta de procesamiento de Arenas Argentinas del Paraná por que había empezado a funcionar sin autorización del Estado en un área protegida. La otra presentación fue contra YPF por la extracción de arena silícea en los humedales del sur, en la zona de Ibicuy

La abogada Valeria Enderle, directora ejecutiva de Cauce Cultura Ambiental, señala un punto clave que motivó la presentación de un nuevo amparo en la Justicia por parte de la entidad ambientalista ante la incursión de la empresa Arenas Argentinas del Paraná en una zona natural protegida para la extracción de arena.

Enderle dijo que la entidad sigue de cerca la actividad de las areneras en Entre Ríos. «El primer amparo fue contra la planta de procesamiento de Arenas Argentinas del Paraná por que había empezado a funcionar sin autorización del Estado. El otro amparo fue contra YPF por la extracción de arena silícea en los humedales del sur, en la zona de Ibicuy. Ese segundo amparo está en proceso de ejecución. Lamentablemente, el Estado no ha cumplido y está pendiente el estudio de impacto ambiental», detalló.

La nueva acción, que se tramita ante la Sala 1 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, también involucra a Arenas Argentinas del Paraná, que estaría operando en un área natural protegida del Paraná Medio. «Está autorizado sin estudio de impacto ambiental. En realidad, la provincia autorizó la extracción de arena con un estudio de 2017. Y no es exactamente la zona donde opera la empresa donde se hizo ese estudio. Pedimos un correcto estudio de impacto ambiental en la zona correcta, y reprochamos a la provincia que no haya hecho estudio de impacto ambiental en la zona precisa», subraya.

En el marco de ese amparo, el juez Hugo González Elías, vocal de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, lo convirtió en proceso colectivo y convocó a todo aquel entrerriano que se encuentre interesado en participar en defensa de los derechos colectivos al ambiente, en particular, en la explotación sustentable de los recursos naturales en el río Paraná donde la empresa demandada se encuentra autorizada a extraer, podrá hacerlo dirigiéndose a la dirección de correo: seccamcontadpna@jusentrerios.gov.ar.

La Fundación pretende que se ordene al Estado provincial la realización de una correcta evaluación de impacto ambiental acumulativo de forma de asegurar una explotación sustentable del recurso, considerando que el estudio de impacto ambiental presentado por la empresa y que dio origen a la autorización estatal para la extracción de arena es defectuoso por diversas razones que constan en su demanda.

En la acción de amparo, interpuesta el 15 de julio, Cauce solicitó una medida pre-cautelar con el objeto de que la empresa Arenas Argentinas del Paraná S.A. informe si ha comenzado a realizar tareas de extracción de arenas del sitio habilitado por la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos sin el estudio de impacto ambiental adecuado para tal autorización. También, como medida cautelar innovativa, se pidió que proceda a la interrupción inmediata si ya comenzó a ejecutar este tipo de tareas y para que se abstenga en caso de no haber iniciado con la actividad.

En el escrito, Cauce solicitó a la Justicia que ordene al gobierno provincial realizar una correcta evaluación de impacto ambiental de la actividad que pretende desarrollar la Empresa Arenas Argentinas del Paraná, realizar un estudio de impacto ambiental acumulativo y que se dicten las medidas necesarias para prevenir daños ambientales en el río Paraná, principalmente en la zona de Paraná Medio y sus humedales.

“En su carácter de garante de la protección ambiental y de todos los recursos que le pertenecen por encontrarse en su territorio, de conformidad con lo normado por el artículo 85 de la Constitución Provincial y Decretos 4977/09 y 3498/16, no ha desarrollado acciones preventivas concretas ni estudios adecuados respecto de los impactos ambientales acumulativos que implica la autorización que ha otorgado a más de 40 empresas para que realicen dragados, en distinta escala, en el río Paraná, especialmente en áreas naturales protegidas como lo son la RUM Paraná Medio, la RUM Humedales e Islas de Victoria y la RUM De los Pájaros y sus Pueblos Libres (todas territorio Piecas, también)”, indicó el texto respecto de la no actuación del Estado provincial.

En el caso de la empresa Arenas Argentinas del Paraná S.A., la Fundación Cauce pidió que presente un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) de la zona específica en la que realizaría –o pretende realizar– la actividad extractiva (km 559/561) porque en el que se basó la Secretaria de Ambiente para su autorización es un estudio de impacto ambiental de 2017 de otro sitio -ubicado entre los kilómetros 517 a 523 en cercanías al departamento de Diamante-, sin contemplar las diferencias en las características físicas, biológicas y socioeconómicas entre ubicaciones ni la temporalidad. es decir los cambios ambientales y ecosistémicos que han sucedido en estos seis años.

Fuente: Radio Plaza/ER Ahora

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