Un integrante del Regimiento de Infantería de Montaña de Mendoza se convirtió en el primer militar condenado en el país por maltratar a una subalterna en un contexto de violencia de género. La justicia le aplicó una pena de un año de prisión en suspenso e inhabilitación especial de seis meses para ocupar cargos. Además, lo obligó a realizar un curso de capacitación en temáticas de género, informó el portal Fiscales.
La decisión fue del juez Walter Bento, a cargo del Juzgado Federal N° 1 de Mendoza, que resolvió condenar a R.D.S, jefe superior militar.
El condenado era jefe directo de la víctima, a quien se identifica con la letra “P”, a quien él se dirigía “a través de una serie de gritos, hostigamientos, malos tratos y comentarios de índole sexual, siempre en un marco de abuso de poder y frente a los subalternos de la mujer”, aseguró el magistrado en su fallo.
Los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF), el fiscal Fernando Alcaraz y la titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) Mariela Labozzetta, requirieron que los episodios de hostigamiento y maltrato desarrollados en una institución militar se enmarcaran en el contexto general de violencia de género.
Además, resaltaron “la desigualdad estructural entre varones y mujeres, agravada por la relación jerárquica del agresor” y señalaron que la conducta del acusado “era especialmente grave por pertenecer a una institución del Estado argentino, obligado en todos sus poderes a asegurar el cumplimiento de las exigencias internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres”.
“No sólo perjudicó a la víctima en particular sino al buen funcionamiento de las instituciones estatales», alegaron Alcaraz y Labozzetta, que pidieron que el militar se capacitara en temas de género.
El proceso penal se inició con la denuncia de la víctima, y la investigación fue delegada en la Fiscalía, que solicitó la indagatoria y luego llevó a juicio al imputado, un militar “de larga trayectoria en la fuerza”, según el portal del Ministerio Público Fiscal.
El testimonio de la mujer fue recibido durante el debate oral “con especial cuidado” para evitar su revictimización y una de las declaraciones fue tomada desde la base San Martín de la Antártida Argentina, mediante el sistema de video llamada de WhatsApp, único medio disponible.
Así, por primera vez, se obtuvo una condena por una conducta prevista en el artículo 249 bis del Código Penal, incorporada en 2008 tras la derogación del Código de Justicia Militar.
Ese articulado está en función con la ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, y la Convención de Belem do Pará.
El artículo 249 bis estipula que «el militar que en sus funciones y prevalido de su autoridad, arbitrariamente perjudicare o maltratare de cualquier forma a un inferior, será penado con prisión de seis meses a dos años, si no resultare un delito más severamente penado».