Este mes, la Cámara de Apelaciones prohibió que la Policía detenga a un adolescente de 17 años sin orden judicial. No fue fácil. Pablo tenía 15 cuando su caso llegó a Tribunales. Desde los 14 era blanco de hostigamientos policiales de todo tipo y por medio de un habeas corpus logró que la Justicia le ponga freno a los abusos. Fue a mediados de 2016 cuando una magistrada prohibió que efectivos de una seccional de zona norte detengan al muchacho sin una orden escrita. Duró poco. Tres meses después volvieron las persecuciones por parte de las fuerzas de seguridad y el adolescente presentó un segundo habeas corpus. Pero el mismo día en que se iba a celebrar la audiencia y casi como un regalo de su cumpleaños número 16, edad exacta para ingresar al sistema carcelario, los uniformados consiguieron que una jueza de Menores firmara su detención y lo encerrara en el Irar. Así, su presentación fue declarada “abstracta”, lo que motivó el duro rechazo del Servicio Público Provincial de Defensa Penal (SPPDP) que tildó de ilegal la detención y llevó el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Mientras tanto Pablo pasó una larga temporada tras las rejas que se extendió hasta enero de este año. Pero las cosas estaban lejos de cambiar. Apenas pisó la calle, con sus escasos 17 años, volvió a ser blanco de hostigamientos. Esta vez, la denuncia por abusos y detenciones ilegales la impulsó una de las asesoras jurídicas del programa santafesino Nueva Oportunidad, al que el adolescente se incorporó luego de pasar más de un año encerrado.
Es que las mismas trabajadoras de ese dispositivo provincial notaron que cada vez que Pablo acudía a un taller llegaba mal. Al preguntarle qué le pasaba las respuestas eran siempre las mismas. Que la Policía lo había parado en la calle y le hacía lo de siempre; amenazarlo con armarle una causa o con detenerlo y despojarlo de lo poco que llevase encima: documentos, zapatillas, dinero.
Pero otra vez, los vericuetos del sistema judicial se usaron en su contra. Es que el día que iba a celebrarse la audiencia del tercer habeas corpus (el pasado 6 de abril) presentado por los abogados del SPPDP María Laura Maenza y Marcelo Marasca, la Fiscalía no llegó y debió reprogramarse la fecha. El juez Luis María Caterina escuchó igual a los abogados del menor y dijo entender que el muchacho era víctima de hostigamientos. Por eso les ofreció un arreglo informal que, según los defensores, más tarde incumplió. La oferta era que para el día de la audiencia lleven una propuesta integral para sacar al joven del barrio donde tenía conflictos con la Policía y evitar que siga siendo hostigado, además de insertarlo en talleres y programas educativos. Y así fue.
“Desde Nueva Oportunidad hicieron una propuesta impecable. Le ofertaron un montón de cursos y consiguieron un lugar para mudarlo de barrio, además de gestionar su inclusión a la escuela y talleres”, contó Marasca a >El Ciudadano>. Sin embargo, el día de la audiencia, el juez Caterina rechazó el planteo. Los abogados dijeron que el magistrado se basó en los argumentos de la Fiscalía, que fueron idénticos a los esgrimidos en 2016, tras otra “oportuna” detención ordenada por una jueza de Menores que coincidió con la fecha de la audiencia. El rechazo se basó en que al estar el joven detenido por orden judicial el habeas corpus no era procedente.
Marasca contó que apeló la resolución de Caterina, quien ni siquiera les dio la palabra en la audiencia al referir que ya “conocía” sus argumentos.
“Empezó la audiencia con el relato de la defensa. Pero el juez nos cortó enseguida y dijo que ya conocía los hechos y que sabía que había una situación de hostigamiento. Pero no nos dejó exponer nuestro argumento sobre que esos hostigamientos eran previos a la detención policial”, explicó Marasca.
Fue recién con la intervención de la Cámara de Apelaciones que desde la Justicia salió una restricción para que la Policía rosarina deje de detener al adolescente, quien aún no cumplió los 18 años, sin que exista una orden emitida por una autoridad competente. Así, el juez José Luis Mascali hizo lugar en parte al habeas corpus que había rechazado su subordinado Caterina y prohibió que las fuerzas públicas “detengan, demoren o arresten” a Pablo (nombre de fantasía para proteger los derechos del menor) sin que así lo disponga un juez o un fiscal.
En relación a los hechos que lleva adelante la Justicia de Menores, el magistrado aclaró en su resolución del 1° de agosto pasado que un habeas corpus no puede suplantar la investigación de una jueza competente, por lo que rechazó el recurso.