La legislatura provincial vuelve a poner en agenda las grandes diferencias entre jubilaciones del poder judicial y de otros trabajadores públicos en la provincia. A través de un proyecto, el diputado por el Frente Social y Popular, Carlos Del Frade, retomó una iniciativa del año 2020 con el objetivo de achicar esa brecha.
El texto propone una modificación del la Ley provincial 6915, referida a Jubilaciones y Pensiones del Personal de la Provincia. La idea es establecer como haber máximo de jubilación ordinaria diez haberes brutos mensuales mínimos de beneficio profesional. Según apuntó el legislador, en el año 2019 la diferencia entre haber máximo y mínimo llegó a ser de 25 haberes brutos mensuales.
El haber máximo de la Jubilación ordinaria es el 80% de la remuneración que percibe el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, con treinta (30) años de antigüedad y como se señaló antes el haber mínimo determinado por el Ejecutivo provincial.
Por lo pronto, existe un centenar de privilegiados beneficiarios de jubilaciones máximas todos ellos ex ministros de la Corte, ex jueces, ex procuradores y ex fiscales. En tanto Del Frade recordó que dicho Haber Máximo Bruto Mensual de Jubilación Ordinaria se calcula teniendo en cuenta el sueldo del Presidente de la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, pero esos haberes están determinados por la Ley Provincial Nro. 11.196 (conocida como «Ley de Enganche», que obliga a ajustar los Ingresos del Poder Judicial Santafesino según los aumentos que autorice la Corte Suprema de la Nación, “careciendo por ende de autonomía al respecto la nuestra provincia”, expresó Del Frade
“Esta situación ha profundizado la brecha entre los dos extremos de la escala de los haberes previsionales, generando una distorsión en tal sentido, que afecta a un régimen previsional solidario, y que debe ser justo, situación ésta que sin duda se debe revertir”, agregó.