El senador por el departamento San Lorenzo, Armando Traferri, elevó la mira y acudió al fiscal general Jorge Baclini con una nota para que se revise la desestimación de las denuncias contra los fiscales Matías Edery y Luis Schiappa Pietra, quienes lo habían involucrado en su investigación sobre juego clandestino y pidieron su desafuero como legislador para indagarlo y procesarlo. Al negarse el trámite por votación en la Cámara alta, Traferri pidió que el tema fuera al archivo; pero en lugar de ello los funcionarios del Ministerio Público presentaron un pedido inconstitucionalidad del artículo del Código Procesal Penal que impide imputar a un senador sin la autorización de la Cámara a la que pertenece. Por ello Traferri se convirtió en denunciante de ambos, pero la contraacusación resultó dos veces desestimada. Ahora pide que se revise esa negativa.
La fiscal Valeria Haurigot rechazó la querella del legislador y luego fue la fiscal regional interina, María Eugenia Iribarren –quien reemplazó Patricio Serjal, removido y detenido en la causa– quien tomó similar decisión. La acusación del legislador es que, tras el rechazo del Senado provincial al pedido de desafuero, los fiscales debieron haber desestimado la denuncia en su contra. No ocurrió y tampoco prosperó su intento de ir contra Edery y Schiappa Pietra. Incluso la interina Iribarren dejó constancia escrita del exceso de sus “opiniones” respecto de la actuación de los fiscales, y del Ministerio Público de la Acusación en general. Tanto ella como Haurigot consideraron que los fiscales no incurrieron en delito alguno en su investigación ni en su insistencia hacia Traferri en el caso, que cerrarían –según dijeron– si se ratifica la constitucionalidad de que el senador no puede ser investigado por los fueros que detenta.
Traferri no lo entendió así. En el texto girado al fiscal general insiste en que se violaron procedimientos. “Desde que la Cámara de Senadores –escribió– no autorizó, el pasado día 18 de diciembre de 2020 mi desafuero, en su consecuencia los señores fiscales Luis Schiappa Pietra y Matías Edery, denunciados en la presente investigación penal preparatoria, debieron cumplir con el imperativo legal que les ordena el artículo 29 del Código Procesal Penal: declarar que no se puede proceder y disponer el archivo de las actuaciones”.
No haberlo hecho configura, para el senador, un “consciente, deliberado y patente incumplimiento” que “la señora fiscal regional (interina) intenta camuflar como diferimiento”. Y puntualizó que negarse a archivar las actuaciones “no sólo genera crisis en tanto el incumplimiento de la ley es evidente” sino que lo “expone” a él mismo y “desde hace meses” a un “vapuleo procesal y mediático inmerecido e injusto”.
También acusó tangencialmente a los fiscales de intentar “mantener el tema «Traferri» a nivel mediático”, ya que “es tanta la debilidad argumental jurídica que ostenta el pedido de inconstitucionalidad” del artículo que lo ampara que, según sus “asesores” otra razón no aparece a la vista.
El pedido de inconstitucionalidad del artículo en cuestión ya fue denegado en primera instancia por la jueza Eleonora Verón. Pero los fiscales Edery y Schiappa Pietra apelaron la decisión, en función de la gravedad de los delitos que intentan imputar al senador Traferri –“asociación ilícita en carácter de organizador, cohecho, negociaciones incompatibles con la función pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público”– y consideraron, además, que la nota enviada por el Senado provincial para reclamar el archivo de las actuaciones contra el legislador constituyó “una invasión de parte del Poder Legislativo que viola la independencia del Poder Judicial”.
Ahora la cuestión continuará en una audiencia, todavía sin fecha, en la Cámara de Apelaciones de Rosario, en la que juez de Cámara José Luis Mascali tratará la inconstitucionalidad del artículo del Código Procesal Penal, para lo que pretende escuchar a todas las partes. Pero el senador adelantó que no concurrirá, que no es parte en las actuaciones ni está imputado, precisamente por la negativa a su desafuero.
El artículo en cuestión es el 27 y considera un “obstáculo constitucional” la acusación a un legislador de no mediar un desafuero por parte de la Cámara de la que forma parte; mientras tanto “no se aplicarán las disposiciones que impliquen una sujeción al proceso, o el ejercicio del poder coercitivo respecto del afectado, pero podrán recibírsele a éste las explicaciones y pruebas que quiera proporcionar”. Para ello “podrá llamárselo a prestar declaración –de hecho, Traferri se presentó– pero, si no concurre, no podrá forzárselo”.
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