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Quemado: ratifican acusación

La Cámara de Apelaciones confirmó el procesamiento contra Sergio Rodríguez, imputado formalmente por el triple crimen de Villa Moreno, ocurrido el 1º de enero de este año. Por el mismo hecho hay otros cuatro encausados que irán a juicio.

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La sala I de la Cámara de Apelaciones confirmó el procesamiento dictado contra Sergio Gustavo Rodríguez, conocido como Quemado, sindicado como coautor del triple crimen de Villa Moreno, ocurrido el 1º de enero pasado. Sobre el sospechoso pesa la acusación del delito “homicidio (en tres hechos) doblemente agravado por la participación de un menor de edad y el uso de arma de fuego”. La resolución del Juzgado de Instrucción había sido apelada por todas las partes.

El triple crimen de Jeremías “Jere” Trasante, Claudio “Mono” Suárez y Adrián  “Patom” Rodríguez ocurrió en los primeros minutos del 1º de enero de este año en una canchita de fútbol de villa Moreno (ver aparte). El primer detenido por el hecho fue el Quemado, quien fue procesado por el juez Luis María Caterina –subrogante en el Juzgado de Instrucción de la 7ª Nominación– por el delito de homicidio simple. El procesamiento fue apelado y el 28 de mayo último confirmado por la Cámara Penal. Sin embargo, como el juez Juan Andrés Donnola había procesado a los otros cuatro sospechosos del triple crimen –Daniel Delgado, Brian Sprío, Damián Romero y Mauricio Palavecino– por el delito de “homicidio (en tres hechos) doblemente agravado por la participación de un menor de edad y el uso de arma de fuego”, se aplicó el principio de congruencia, por lo que la misma calificación legal recayó contra el Quemado. La resolución fue apelada.

El representante del Ministerio Público planteó en sus agravios que la acusación contra el Quemado debía agravarse, incorporando la figura de “premeditación”. El mismo requerimiento hizo la querella, ya que consideraron que el crimen fue premeditado luego del ataque de Maxi Rodríguez –Hijo del Quemado– (ocurrido poco antes del triple crimen) cuando, como reacción a este hecho, se pusieron de acuerdo cada uno de los partícipes, cada uno se procuró un arma de fuego y fueron en el vehículo que conducía Palavecino hacia el lugar donde les había sido informado se encontraba quien habría agredido momentos antes al hijo de Sergio Rodríguez, disparando al menos en 32 ocasiones con la directa intención de dar muerte, indica el escrito.

Por su parte, la defensa de Rodríguez cuestionó el agravante por la intervención del menor en el hecho, y precisó que discrepan con el magistrado a cargo del procesamiento en cuanto a la aplicación de esta agravante, ya que es imposible que el Quemado haya pretendido descargar la responsabilidad en el menor –conocido como Jeta, quien entonces tenía 17 años– o instigado a intervenir en los hechos investigados. “No basta la mera presencia objetiva del menor en el hecho, sino que se requiere un elemento subjetivo específico por parte del mayor”, explicó en su exposición el representante de Rodríguez.

En ese marco, el tribunal a cargo de la sala I de la Cámara de Apelaciones desestimó los pedidos presentados por la fiscalía y los querellantes al entender “que nunca pudo haber premeditación con los alcances requeridos por el tipo legal, por una cuestión objetiva como es el escaso tiempo entre el presunto móvil del ataque, que impide el concierto de voluntades y, por una cuestión subjetiva, cómo puede creerse que hubo un plan premeditado entre por lo menos tres personas y luego matan así a los jóvenes víctimas que eran ajenas absolutamente al ataque que había sufrido Maximiliano Rodríguez”.

A su vez, los magistrados de la sala I también desestimaron la presentación de la defensa de Rodríguez y detallaron sus argumentos en relación con los dos puntos que se exponían como apelables: el primero hace referencia al agravante del uso de arma de fuego, donde remarcan que la disposición cuestionada agrava a todos los “delitos previstos en este Código Penal” que se cometan “con violencia o intimidación contra las personas mediante el empleo de un arma de fuego”. En el segundo punto, en el cual la defensa hace referencia a la inaplicabilidad del agravante genérico sobre el delito cometido con la intervención de menores de 18 años, los magistrados entendieron que “el objetivo legal es propender a evitar la corrupción del menor a través del desvío que supone para el mismo su incursión en el ámbito delictivo”.

Así, los jueces resolvieron confirmar el procesamiento apelado, por lo que el Quemado irá a juicio sospechado de ser coautor del triple crimen de villa Moreno.

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