Por Josefina Figueroa / Agencia Paco Urondo
Luz Aimé Díaz (22) es salteña y llegó a Buenos Aires en 2017 con intenciones de mejorar su calidad de vida. Desde entonces vive en el hotel Gondolín, asociación de derechos humanos que funciona como refugio y cooperativa de travestis y trans en Villa Crespo. Al tiempo de instalarse, comenzó a estudiar en el Bachillerato Popular Trans Mocha Celis hasta que en julio de 2018 fue acusada por un crimen del que su defensa asegura no tiene conocimiento ni participación.
La joven se encuentra en situación de prostitución desde la adolescencia cuando comenzó su proceso identitario. En ese marco, sufrió varios ataques transfóbicos (impunes hasta el día de hoy). La golpiza por parte de un cliente que no quiso pagar por sus servicios, le provocó una pérdida de la visión total en un ojo y parte del otro. Sólo ve parcialmente a través del ojo derecho y sufre de constantes cataratas. Por este motivo, hace años que no puede exponerse a ninguna situación de confrontación o correlación de fuerzas desfavorable para ella.
Una noche del 2018, Luz estaba trabajando en una esquina de la zona de Palermo (Buenos Aires) y dos personas la contrataron para un servicio sexual. Fue conducida a un departamento donde realizó su trabajo y luego se fue. Dos meses después, Díaz fue detenida en la esquina donde trabajaba y acusada de un crimen que ocurrió en aquel domicilio, pero que ella desconoce. Teniendo en cuenta las pruebas y las declaraciones de la acusada, los mismos hombres que la contrataron esa noche, habrían secuestrado y violentado a un hombre perteneciente a la comunidad LGBT+, en una habitación contigua en la misma propiedad. La víctima fue abandonada y encontrada posteriormente por su hermana, quien lo hospitalizó y sobrevivió con graves lesiones.
Para la justicia, las pruebas de que Luz estuvo presente en el lugar del ataque fueron suficientes para someterla a 8 meses de prisión en el Penal de Ezeiza. Sin embargo, la investigación no avanzó sobre aquellas personas que la condujeron a la vivienda. Ni siquieran están identificadas.
En mayo de este año, el equipo de defensa de Díaz, integrado por Luciana Sánchez, Lara Bertolini y Natalia D’Alesandro, consiguió que se le otorgue la prisión domiciliaria. Beneficio que se le debió conceder desde un principio por su discapacidad visual amparada por la ley 24.660. Desde entonces, esperan que el 20 de febrero, cuando llegue la instancia de juicio, la sentencia sea una absolución.
Consultada sobre la causa, Luciana Sánchez explicó en diálogo con AGENCIA PACO URONDO: “La carátula inicial de la causa fue `privación ilegítima de la libertad en concurso con robo y lesiones’. Una vez que apareció Luz Aimé como imputada, el fiscal cambió la carátula a ‘Homicidio triplemente agravado en grave tentativa’, por ser cometido en ocasión de un robo, por la indefensión de la víctima y por ser cometido por más de dos personas”.
Asimismo aseguró: “Este fiscal de instrucción, que no es el mismo que estará en el juicio, compró la versión policial que se basó en que las travestis contratarían sicarios en la zona de Palermo. Sobre esa hipótesis, acusó a Luz por ser la organizadora de la banda que llevó a cabo el crimen. De esto no hay ninguna prueba. No obstante, hay líneas de investigación importantes sobre la relación de los autores del crimen con la víctima pero no han sido profundizadas”.
El caso de Luz se suma a una serie de causas atravesadas por el manejo arbitrario y estereotipado del Poder Judicial que deja en evidencia el abuso de las prisiones preventivas y la necesidad de la aplicación de la Ley Micaela, entre otras jurisprudencias vinculadas a los Derechos Humanos. Algunos ejemplos son el de Mariana Gómez, procesada por defenderse de las agresiones de agentes de policía en un transporte público y el de Higui de Jesús, que pasó siete meses presa y está procesada por defenderse de un intento de violación, entre tantos otros que no alcanzan visibilidad.
Al respecto, Sánchez analizó que hay múltiples herramientas legales para contemplar las desigualdades a la hora de juzgar pero que no se cumplen. En este sentido, afirmó que “el Tribunal y el juzgado de instrucción se han negado a recibir pruebas para poder poner en contexto las acciones de Luz Aimé. Es necesario tener en cuenta la transfobia estructural y que pertenece a un colectivo vulnerabilizado”.
“Es obligación para los tribunales, en función de las obligaciones internacionales de DDHH sobre la erradicación de la discriminación y la violencia/desigualdad de género. Esta valoración debe ser contemplada sobre toda persona imputada de un delito y más si como Luz, es una persona en situación de híper vulnerabilización por múltiples causas: por ser migrante, por su situación de prostitución, por su identidad de género, por su discapacidad”, finalizó.