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¿Quién es responsable del fiscal Carlos Stornelli?

El caso que está llevando adelante el juez Ramos Padilla no deja de generar asombro y estupor, entre otras cosas, por la impunidad con la que operan funcionarios del Estado en connivencia con fuerzas extranjeras. Aquí va una ayuda para los que se preguntan por qué aún no "rodó ninguna cabeza"

Fundación Pueblos del Sur* | Especial para El Ciudadano

El caso que está llevando adelante el juez Alejo Ramos Padilla que involucra al fiscal Carlos Stornelli no deja de generar asombro y estupor, entre otras cosas, por la impunidad con la que operan algunos funcionarios del Estado en connivencia con fuerzas extranjeras. Para los que se preguntan de quién depende Stornelli, que sigue haciendo de las suyas, o por qué todavía no “rodó ninguna cabeza” con semejante cantidad de pruebas a la vista de todo el mundo, aquí va una ayuda para acercarse a una respuesta.

Estamos en un país que pretende ser una república. Esto implica una división de funciones en tres órganos o poderes esenciales: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Cada uno tiene una esfera propia de actuación y no se admite la intromisión de uno en otro, lo que no significa el funcionamiento aislado de ellos sino el cumplimiento de las funciones de cada uno en armonía y hacia el bienestar general de todos los habitantes.

En la reforma de la Constitución de 1994 se incorporó el Ministerio Público como un órgano extrapoder que funciona por fuera de los tres antes mencionados (es autónomo funcionalmente y autárquico financieramente) y tiene también funciones propias enunciadas en la misma Constitución y reglamentadas en la ley del Ministerio Público, que se sancionó en 1998 y se modificó más tarde.

De acuerdo con el artículo 120 de la Constitución Nacional, corresponde al Ministerio Público promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad. Desde el punto de vista orgánico tiene una estructura bicéfala: está compuesto por el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa.

Aunque es parte fundamental en la administración de justicia (compuesta por el Poder Judicial –integrado por jueces, funcionarios y empleados– y los Ministerios Públicos: Fiscal y de la Defensa), en la Nación el Ministerio Público es independiente incluso del Poder Judicial (encabezado por la Corte Suprema de Justicia).

Por lo tanto, el Ministerio Público es un órgano constitucional independiente del Poder Ejecutivo, del Legislativo y también del Judicial.

Ahora bien, ¿cuál es entonces el mecanismo instituido para el control del funcionamiento del Ministerio Público y de sus funcionarios? ¿Quiénes son los responsables de fiscalizar que las funciones que le fueron conferidas sean llevadas adelante según la ley, con eficiencia y moralidad?

Para poder responder a estos interrogantes vale recordar que el Ministerio Público se encuentra a cargo del procurador general de la Nación, que es propuesto por el Poder Ejecutivo y aprobado por el Congreso de la Nación (hoy, Eduardo Ezequiel Casal, quien ocupó interinamente el cargo a fines de 2017 y hoy está formalmente designado). Por lo tanto, el procurador general de la Nación es el titular del Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, es el responsable de su funcionamiento.

Por eso llama la atención la respuesta que Casal le dio al juez Ramos Padilla en febrero pasado, cuando poniendo en su conocimiento las irregularidades que estaban dando lugar a varias investigaciones, le pidiera autorización para allanar el despacho del fiscal Stornelli a fin de preservar las pruebas. En esa ocasión, el procurador le contestó que hiciera lo que tenía que hacer, algo así como: “Arreglátelas como puedas”. Finalmente, siguiendo su consejo, Ramos Padilla acusó formalmente al mencionado fiscal, a pesar de lo cual –como fuera sabido públicamente– no asiste ni se sujeta a la iniciada investigación.

Pero también es interesante saber que el Ministerio Público Fiscal tiene varias unidades dentro de su organigrama, a las que se le asignan con especificidad el estudio y la incumbencia en temas particulares. Una de sus dependencias que, por las irregularidades sin precedentes ocurridas en estos días merece la atención, es la Secretaría Disciplinaria y Técnica del MPF, a cargo de Juan Manuel Casanovas.

Entre otras funciones, debe “fiscalizar desde el punto de vista técnico el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la magistratura, e informar sobre esto al procurador general y tramitar las presentaciones que se efectúen en relación con el desempeño de los magistrados de este Ministerio Público Fiscal”.

También debe “examinar expedientes administrativos originados por denuncias de particulares y de otros organismos públicos”; “intervenir en los sumarios disciplinarios que se instruyan contra los magistrados del Ministerio Público Fiscal, previamente a su iniciación y a su decisión definitiva”; “asesorar al procurador general acerca del curso de acción frente a informes judiciales en los que se consigna que los fiscales han sido sancionados o en los que se efectúan objeciones a su desempeño” e “instruir actuaciones administrativas tendientes a examinar la conducta de los distintos funcionarios y empleados del Ministerio Público Fiscal”, entre otras tareas.

Habiendo tomado estado público la conducta de ciertos funcionarios integrantes del Ministerio Público Fiscal (además de legisladores, periodistas, servicios secretos, etcétera), llama la atención que ni el secretario Casanovas ni el procurador general Casal crean necesario intervenir como órgano extrapoder encargado por la propia Constitución de “promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad”.

Vale decir también que el Ministerio Público tiene vínculo con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Justicia (a cargo, hoy, de Germán Garavano). Con el obsceno pedido de destitución del juez Ramos Padilla que presentó formalmente el ministro, queda clara la posición del Poder Ejecutivo en el tema.

Por otra parte, el vínculo que mantiene el MPF con el Poder Legislativo es a través de la “Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público Fiscal”, que tiene potestad para investigar los manejos institucionales de la Procuración (como ocurrió cuando denunciaron a la ex procuradora Alejandra Gils Carbó) y ante la cual el procurador general debe informar sobre el trabajo realizado en el ejercicio.

Por algún motivo, esta comisión, integrada por diputados y senadores que participan como vocales, no tiene aún designado su presidente, según surge de la propia página oficial del Senado de la Nación.

Lo cierto es que, más allá de los discursos (que cada vez quedan más allá), la realidad demuestra que las instituciones encargadas de hacer justicia, a las que se las ha defendido a capa y espada de cualquier intromisión del resto de los poderes del Estado, como si fueran inmaculadas e incorruptibles, son un antro de delincuencia organizada, impune y permeable a todo tipo de maniobras ajenas al interés nacional.

La única manera de terminar con esta injusticia es que el pueblo conozca, se inmiscuya y accione sobre la realidad del país, para llegar a ejercer su poder sobre un Estado que se aparta cada vez más de servir al interés de la Patria y al desarrollo armónico de sus componentes.

(*) fundacion@pueblosdelsur.org

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