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Quiénes y para qué solicitan tener empleados adolescentes

El Ministerio de Trabajo recibió más de 320 pedidos en un año, en su mayoría del rubro gastronómico y artístico.

El Ministerio de Trabajo de la provincia recibió más de 320 solicitudes para que adolescentes puedan trabajar. De ese total, 284 fueron autorizadas en el marco de la resolución Nº 216 dictada el año pasado que protege a los adolescentes en estas instancias. Juan Cruz Giménez, director de Trabajo Decente, la repartición a cargo de aplicar la normativa, explicó a El Ciudadano que “lejos de fomentar el trabajo adolescente, ésta es una forma de desnaturalizar una situación que ya existe”. La mayoría de las solicitudes de autorización recibidas por el Ministerio son para trabajo artístico y gastronómico. La empresa Arcos Dorados –cuyo nombre comercial es McDonald’s– es la principal en instancias de regularizar a los adolescentes empleados.

Las 284 solicitudes aprobadas por Trabajo Decente en un año corresponden en su mayoría al sector gastronómico. Le siguen las de trabajo artístico, que tuvieron su punto máximo de solicitudes para la película de Alex de la Iglesia sobre Lionel Messi y en menor medida los pedidos para trabajo en la construcción, comercio, estaciones de servicio y metalurgia. Los locales de McDonald’s iniciaron los trámites para regularizar la condición de trabajo de los adolescentes que tiene empleados ya que no sólo tienen que responder con documentaciones sino que existen tareas en el sector gastronómico que los más chicos no pueden realizar.

Las autorizaciones rechazadas responden a incumplimientos en la documentación, presentación a destiempo del certificado de alumno regular (indispensable para que el Ministerio de Trabajo emita las autorizaciones), o no garantizar condiciones de salud y seguridad. Dos fueron rechazadas porque los ámbitos de trabajo no garantizaban seguridad laboral y porque las tareas se encontraban en el Listado de Tareas Peligrosas que de forma enunciativa estipula la norma provincial. Uno de los casos fue en el sector de la construcción, donde se solicitó autorización para que un adolescente trabaje en zanjeo. El otro fue el rubro metalúrgico, donde se requería un operario para manipular equipos eléctricos para cepillado, corte y esmerilado de planchas de acero; y los inspectores de Salud y Seguridad determinaron la peligrosidad de la actividad para el joven por los riesgos existentes.

Prevenir y desnaturalizar

El Ministerio de Trabajo de Santa Fe dictó en junio de 2013 la resolución Nº 216. El objetivo principal de la norma es proteger a los adolescentes cuando trabajan, estableciendo los mecanismos y criterios para emitir las autorizaciones. “No se trata de fomentar el trabajo adolescente, sino de prevenir y desnaturalizar una situación que ya existe. La provincia continúa con su política de erradicación del trabajo infantil”, explicó Juan Cruz Giménez, director de Trabajo Decente, dependiente del Ministerio de Trabajo de la provincia.

El  trabajo infantil y adolescente irregular existe en Santa Fe. Al ser ilegal, el Ministerio no posee estadísticas que detallen cuántos chicos están bajo estas condiciones pero aún así no descarta su existencia. La regulación del trabajo adolescente contempla algunas instancias en la que los menores de entre 14 y 18 años pueden trabajar bajo los cuidados del Estado. La autorización para realizar la tarea tiene que ser solicitada por padres o mayor a cargo. Las inspecciones del Ministerio deben solicitar la documentación que corresponda al permiso del Estado. En caso de que los adolescentes no hayan sido autorizados para trabajar el empleador será multado.

La resolución 216/2013 autorizará el trabajo adolescente en la medida que no se trate de tareas penosas, peligrosas, insalubres o que figuren en el Listado de Tareas Peligrosas (LTP), enunciadas en el Anexo I de la norma. Además, deben cumplir con la asistencia escolar obligatoria y la actividad no debe suponer riesgo alguno para la salud y el desarrollo psicofísico de los menores. Tal como ejemplificó Juan Cruz Giménez, serían tareas prohibidas: el trabajo en el campo con agroquímicos, trabajo en construcción en más de tres metros de altura o la pesca artesanal sobre curso de agua.  Los  adolescentes entre 16 y 18 años no pueden ser ocupados por más de 6 horas diarias o 36 horas semanales; así como la jornada laboral diaria no debe superar las 7 horas, aunque puede autorizarse una jornada de 8 horas diarias o 48 horas semanales previa evaluación de las condiciones de trabajo.

El trabajo adolescente en las empresas familiares también se protege y resulta ser uno de los casos más comunes y naturalizados. Los menores entre 14 y 16 años podrán ser ocupados siempre que la jornada no supere las 3 horas diarias y 15 horas semanales.  Se otorgan, además, permisos individuales a niños, niñas y adolescentes que sean contratados para realizar trabajo artístico, previa evaluación de condiciones de trabajo.

La resolución no contempla sólo los riesgos y los horarios laborales sino que está ubicada en el marco de la legislación nacional. Para los más chicos también es requisito trabajar en blanco, tener un recibo de sueldo y una remuneración acorde al trabajo que realizan. Giménez explicó que “la mayor dificultad está en que los adultos aún no han tomado conciencia al respecto” y que no sólo no se emplean adolescentes en condiciones sanas y legales sino que además “la sociedad no colabora en las denuncias”, cerró.

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