El gobierno fijó retenciones del 12 por ciento a la exportación de las prestaciones de servicios, que estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2020 y no incluyen las ventas de las pymes por hasta 600 mil dólares anuales. La medida se estableció este miércoles por medio de un decreto publicado en el Boletín Oficial que lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne.
La ley de Presupuesto 2019 introdujo modificaciones al Código Aduanero sobre la exportación de servicios. Dispuso que las prestaciones de servicios realizadas en el país pero cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior, sean tratadas como mercaderías.
La reglamentación oficial establece que este derecho de exportación no podrá exceder de 4 pesos por cada dólar del valor imponible y, de aplicarse, ese límite se mantendrá en pesos hasta la cancelación de la obligación. Para la determinación de ese tope, el monto que arroje el derecho de exportación deberá expresarse en pesos al tipo de cambio vendedor del Banco Nación del día hábil anterior al que corresponda declarar la operación, de acuerdo con el decreto.
A partir de 600 mil dólares
Las exportaciones efectuadas por las micro y pequeñas empresas comenzarán a tributar el derecho sobre el monto de exportaciones de prestaciones de servicios que en el año calendario exceda la suma de 600 mil dólares.
Los derechos de exportación deben abonarse antes de los primeros 15 días hábiles del mes posterior a aquel de la facturación de las operaciones, por lo cual el prestador deberá presentar una declaración jurada.
La Casa Rosada aclaró que se considera prestación de servicios a «cualquier locación y prestación realizada en el país a título oneroso y sin relación de dependencia, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior, entendiéndose por tal a la utilización inmediata o al primer acto de disposición por parte del prestatario».
Están involucrados los servicios de software, profesionales y de de consultoría que se prestan en Argentina para ser utilizados en el exterior.
Resta que el Ministerio de Producción y Trabajo, y la Afip, dicten normas «interpretativas y complementarias para el cumplimiento de la presente medida».
«Atender las necesidades»
El Ejecutivo subrayó que «en la actual coyuntura económica resulta necesario adoptar medidas que permitan, entre otros objetivos, atender las necesidades de las finanzas públicas».
«En este sentido, deviene preciso fijar derechos sobre ciertas exportaciones y regular aspectos vinculados a ellas», añadió.