Por Néstor Espósito – Noticias Argentinas
La Cámara Federal de Salta desestimó la recusación planteada por la hija de un desaparecido en Jujuy durante la dictadura contra el juez federal que rechazó todos los habeas corpus presentados a raíz de las detenciones por las protestas contra la reforma de la Constitución local.
Se trata del juez federal Esteban Hansen, quien fue recusado por Adriana Aredes, hija del médico de Tilcara y ex intendente Luis Aredes, desaparecido durante la represión de Estado, en un episodio por el que estuvo acusado hasta su muerte el empresario Carlos Blaquier.
Aredes, acompañada por el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel, sostuvo que el juez Hansen “había sido denunciado de forma anterior al habeas corpus presentado ante la Comisión de Acuerdos del Senado de la Nación, a fin de impedir su designación como juez atento que formaba parte del partido Fuerza Republicana, perteneciente al genocida Antonio Domingo Bussi”.
Además, sostuvieron que la familia del juez “habría intentado quedarse con la casa de la familia Aredes de Tilcara, por medio de métodos dudosos”.
Hansen rechazó la recusación argumentando que “los motivos alegados por los presentantes son manifiestamente inciertos, falaces y huérfanos de prueba”.
Hansen negó pertenecer a Fuerza Republicana, “así como también haber participado o siquiera tener conocimiento respecto del hecho mencionado por la nombrada relacionado a una casa de la familia Aredes en Tilcara”.
“Finalmente, afirmó que las invocaciones expresadas, aparte de ser rechazadas por no ser veraces, fueron efectuadas con el fin de apartarlo del conocimiento de la causa”, añade la resolución, a la que accedió NA.
Los camaristas salteños Guillermo Elías y Ernesto Sola Espeche coincidieron con el juez y resolvieron: “no cabe más que rechazar in limine la pretensión de los recusantes”.
“Los motivos en los que se fundó el pedido de apartamiento del Dr. Hansen no se encuentran mínimamente verificados en la presentación efectuada”, subrayaron.
“Los recusantes se limitaron a afirmar los motivos por los que debiera apartarse al juez del conocimiento de la causa sin brindar prueba alguna al respecto, lo que priva al Tribunal de los elementos concretos, fehacientes y necesarios para evaluar la pertinencia de la recusación pretendida”, concluyó la resolución.