En la mañana de ayer continuó el juicio oral y público a cinco represores por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, con las réplicas de las querellas. “Contestamos a cada uno de los planteos de nulidad, inconstitucionalidad e inaprovechabilidad de la prueba que habían formulado las defensas durante sus alegatos”, deslizó la abogada Daniela Asinari. “En todos los casos solicitamos al Tribunal el rechazo de las pretensiones de la defensa”, agregó.
Luego de que el jueves la representante del Ministerio Público Fiscal contestara los pedidos de nulidad de los abogados defensores de los imputados Oscar Pascual Guerrieri, Daniel Amelong, Jorge Fariña, Eduardo Pagano y Eduardo Constanzo, fue el turno de las querellas.
Los primeros en contestar los argumentos de la defensa ante los integrantes del Tribunal Oral Federal Nº 1, integrado por Otmar Paulucci, Beatriz Caballero de Barabani y Jorge Venegas Echagüe, fueron los abogados de H.I.J.O.S., Lucas Ciarniello Ibáñez y Álvaro Baella.
Luego argumentó la querella que representa a Juan Rivero, Ramón Verón –sobrevivientes del Centro Clandestino de Detención que funcionó en la ex Fábrica Militar Domingo Matheu– y Adela Panelo de Forestello (madre de María Forestello, hasta hoy desaparecida), integrada por las abogadas Gabriela Durruty, Leticia Faccendini, Daniela Asinari y Jésica Pellegrini y finalmente fue el turno de la letrada Virginia Blando Figueroa, representante legal de Adriana Arce, sobreviviente de la ex Fábrica Militar.
“Contestamos a cada uno de los planteos de nulidad, inconstitucionalidad e inaprovechabilidad de la prueba que habían formulado las defensas durante sus alegatos”, indicó la abogada Daniela Asinari, quien aseguró: “En todos los casos solicitamos al Tribunal el rechazo de las pretensiones defensistas, fundamentando detalladamente los motivos por los que éstas no podían prosperar”.
La querella representada por Asinari destacó, en relación a gran parte de los planteos de nulidad y a la solicitud de prescripción por parte de los abogados defensores de los imputados, que “todos estos planteos fueron reiteradamente formulados por las partes desde el inicio de la causa, y en todos los casos fueron rechazados por el juez o el Tribunal que a su turno tuvieron que decidir sobre los mismos”.
Con respecto al planteo de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua formulada por las defensas, “entendimos que no cabía otra respuesta que recordar que éstas son las penas previstas por nuestra legislación penal para hechos de esta laya”, remarcó la abogada Asinari, quien además agregó: “En definitiva tampoco son realmente a perpetuidad, ya que conforme a las normas de nuestro Código Penal, los condenados a penas perpetuas pueden solicitar su libertad condicional una vez cumplidos 20 años de la misma”.
Finalmente, frente a los planteos de inaprovechabilidad de algunas pruebas y de la declaración del imputado Eduardo Constanzo formulados por su abogado defensor Silvio Galarza Azzoni, Asinari puntualizó: “Nuestra respuesta se encaminó a demostrar que en ninguno de los casos se afectaron derechos y garantías constitucionales que habiliten la aplicación de esta regla de la exclusión probatoria, por lo que de ningún modo puede hablarse de validez o no de la prueba siendo en todo caso una cuestión de valoración de esa prueba, es decir, del mayor o menor valor que dé a la misma el Tribunal al sentenciar”.
El primer juicio oral y público a represores por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dicatura militar en la zona del Gran Rosario continuará el próximo martes 30 a las 9.30, cuando serán escuchados los argumentos de la querella a cargo de la abogada Ana María Figueroa, en representación de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.