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Reclamo para que el derecho al agua esté en el Código Civil

La Cátedra Libre del Agua señaló la importancia de que se contemple el acceso al agua en la nueva norma jurídica.

“No sequemos la reforma”. “Que el derecho al agua esté en el Código Civil”. Bajo esas consignas, el equipo de la Cátedra Libre del Agua manifestó la importancia de incluir al agua como derecho humano dentro del anteproyecto del nuevo Código Civil. “La base de todo derecho es el acceso al agua, sin este no se puede construir juridicidad. El siglo XXI es el siglo del agua. Por eso, el nuevo Código debe dar respuesta a la corriente jurídica latinoamericana que recepciona al agua como derecho humano”, señalaron los profesionales de la cátedra dirigida por Aníbal Ignacio Faccendini. En Argentina, sostuvieron, más de 7 millones de personas no acceden al agua potable y más de 20 millones no tienen servicio cloacal.

“Es desde un pensamiento complejo e interdisciplinario que el nuevo Código Civil debe dar cuenta sobre el agua. Los enfoques a partir de lo jurídico, lo social, político, filosófico y químico deben estar atravesados por un enfoque profunda e integralmente ambiental, que nos permitirá tener una visualización y posición amplia sobre el agua”, manifestaron desde la Cátedra. Desde su perspectiva, el enfoque jurídico sobre este recurso natural que es el agua, será enriquecedor pero ante todo necesario e impostergable: el agua, sostienen desde la Cátedra, debe estar en manos públicas, democráticas y de intensa participación ciudadana efectiva. “Es necesario remarcar que la temática del agua está atravesada por dos ejes fundamentales: que el agua y el saneamiento son un bien común y un derecho humano esencial que deben ser gestionados por la administración pública y comunitaria; y que el problema de la no accesibilidad al agua apta para el consumo es un problema fundamentalmente de los países del hemisferio sur. La  no accesibilidad al agua apta para el consumo al igual que el saneamiento se patentizan en América latina y el Caribe, África y Asia, no así en los países desarrollados”.

Según se detalló en un documento que repartió Aníbal Faccendini, (abogado, doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales, y director de la Cátedra del Agua), las normas jurídicas del actual Código Civil son aquellas que conformaron el Estado Individual de Derecho. Sin embargo, se explica en el texto, en el mundo de fines del siglo XX comenzó a conformarse –de forma desigual y combinada– el derecho ambiental. “De a poco, el derecho ambiental comenzó a ser transversal a todo el derecho, entre ellos el civil. Esta realidad nos indica que tenemos que ir hacia un Estado social ambiental de derecho, donde se defina en la normativa respectiva que el agua y el aire son de bien común. Y que el agua es un derecho humano garantizado por el Estado. Como es un derecho que hace a la vida, es irrenunciable, imprescriptible, inalienable e inajenable”.

El reclamo de la Cátedra Libre está claramente sustentado en números. La situación mundial, latinoamericana, nacional y provincial podría resumirse en las siguientes cifras: el 21,6 por ciento de las personas carecen de agua potable y el 57,5 por ciento de habitantes no tiene sistema de cloacas; más de 4 mil niños mueren en el planeta diariamente por no tener agua potable y 2 millones de personas mueren por año por enfermedades vinculadas con el agua no apta para el consumo; el 60 por ciento de los recursos naturales se han degradado. Argentina, que en la primera mitad del siglo XX estuvo primera en la provisión de agua potable, ahora se encuentra detrás de Cuba, Colombia, Costa Rica, Uruguay, México y Chile, y más de 7 millones de personas no acceden al agua potable, a la vez que más de 20 millones no tienen servicio cloacal. En Santa Fe, la mitad de la población no accede al vital recurso. Y este panorama se agravaría cuando se incremente el consumo en más del 50 por ciento, en el período 2025-2050, con lo cual quedarían seriamente comprometidas las futuras generaciones.

“El agua es fundamental, y su escasez está generada por varias causas: falta de políticas públicas de inversiones en producción y distribución del agua, factores climáticos y deficiencias en el uso. El agua es un bien de la humanidad, un bien de la vida y así debemos reconocerlo, no es una mercancía, sino un bien social reflejado en un derecho humano; es un bien valioso en sí, para el ambiente y el desarrollo sostenible. Los conflictos socioambientales emergen de principios éticos, derechos culturales y luchas por la apropiación de la naturaleza, que van más allá de la internalización de los costos ecológicos para asegurar un crecimiento sostenido. Las identidades culturales y los valores de la naturaleza no pueden ser regulados ni compatibilizados por el sistema económico”, enfatizó la Cátedra. Ante eso, destacaron que no sólo están comprometidos en la problemática quienes hacen del pensar su oficio, sino también involucra a quienes diseñan estrategias académicas, políticas educativas, políticas comunicacionales; también a quienes producen conocimiento científico; sin olvidar que estas prácticas se entretejen con las condiciones políticas, económicas y culturales de cada región y de cada nación.

En ese marco, señalaron que las ideas que se plantean dentro de este reclamo son las de solidaridad, equidad social, el respeto irrestricto del agua como derecho humano fundamental que, consecuentemente, se encuentra fuera del mercado. “Así se presenta una visión distinta, humanista y universalista contra la posición individualista, mercadocentrista y reduccionista de la modernidad. El carácter individualista nos hace vernos separados de la naturaleza, y le confiere prioridad solamente al individuo, no al conjunto. Actitud que muchas veces termina depredando el medio ambiente y vulnerando toda posibilidad de desarrollo sustentable”.