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Reforma tributaria: impuesto a las Ganancias amenaza indemnizaciones

Diputados avanza con dictamen que modificó el proyecto original que el gobierno nacional había enviado al Congreso.

En consonancia con el paquete de reformas laborales, previsionales y tributarias que pretende implementar el gobierno nacional, parte de las indemnizaciones por despidos podría estar alcanzada por el impuesto a las Ganancias a partir del 1º de enero de 2018, si prospera el dictamen de la comisión de Diputados que modificó el proyecto original enviado oportunamente al Congreso de la Nación.

Aunque en el proyecto oficial se establecía “la no gravabilidad en el impuesto a las Ganancias de las indemnizaciones por cese en las relaciones laborales”, la comisión de Presupuesto de Diputados incorporó en dicho dictamen un párrafo que anula esa exención, por lo que determina que la indemnización por despido quedaría exenta sólo en parte de la remuneración que no supere el tope previsto por el artículo 245 de la ley de Contrato de Trabajo.

“Estas medidas son coherentes y van en línea con la concepción ideológica que impulsa el gobierno nacional a través de este paquete de reformas”, opinó Hernán Letcher, director del Centro de Economía Política Argentina (Cepa), en diálogo con El Ciudadano. “Benefician al sector privado en detrimento de los trabajadores. Es un despropósito”, aseveró el economista.

El segundo párrafo del artículo 245 de la ley de Contrato de Trabajo refiere a que “dicha base no podrá exceder el equivalente de tres (3) veces el importe mensual de la suma que resulte del promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo aplicable al trabajador, al momento del despido, por la jornada legal o convencional, excluida la antigüedad”.

Según Letcher, “como al gobierno nacional no se le caen muchas ideas, las fuentes de financiamiento siguen siendo los trabajadores y los jubilados”. Precisamente la modificación en el dictamen contempla “las sumas que se generen exclusivamente por motivo de una desvinculación laboral, cualquiera fuera su denominación”, e incluye “las sumas abonadas que tengan su origen en un acuerdo consensuado: procesos de muto acuerdo o retiro voluntario, entre otros”.

En un informe publicado por el matutino porteño Clarín se establece que, en caso de aprobarse la ley con esta modificación, “en una actividad con un sueldo promedio que tres veces suma 25 mil pesos, el despido de un empleado de 60 mil pagaría Ganancias sobre 35 mil, por cada año de antigüedad. Así con 10 años, una indemnización de 600 mil pesos, debería tener una retención de Ganancias por 350 mil, seguramente alcanzado, junto a otros ingresos -como sueldo, preaviso-, por la tasa máxima del 35%”.

En el caso de los retiros voluntarios, la retención sería mayor porque las empresas toman como referencia la indemnización por despido más un plus. “El espíritu de este gobierno es que estas reformas se financien a través del bolsillo de los trabajadores”, cerró Letcher.

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