La resistencia de la cadena de supermercados Coto SA a la ley 13441 de Descanso Dominical tuvo un nuevo y tal vez último capítulo, ya que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el martes pasado un recurso de amparo presentado oportunamente por la firma, para que se declare inconstitucional la mencionada norma. El máximo órgano judicial, integrado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, concluyó que el planteo de la empresa “no corresponde a la competencia originaria” de la Corte.
A pocos meses de haberse aprobado la ley 13441, Coto demandó al gobierno provincial por considerar que “carece de facultades para regular la jornada de trabajo, el descanso semanal de los trabajadores, los días feriados, el régimen de apertura y cierre de los comercios y el horario de atención al público de los supermercados, en tanto ya se dictaron las normas respectivas en el orden nacional”.
Coto sostuvo, incluso, que “con esa ley la provincia se estaba inmiscuyendo en la regulación de temas laborales y económicos que le corresponden al gobierno nacional, lo que violaba el artículo 31 de la Carta Magna”.
Después de conocerse el fallo, desde la Asociación Empleados de Comercio de Rosario expresaron su beneplácito y recordaron que “como venimos diciendo desde que se aprobó el descanso dominical, la norma no se mete con la regulación de temas laborales y económicos que le corresponden al gobierno nacional” e insistieron con que “sólo interviene horarios y días de apertura y cierre de locales”.
Varias veces “no”
La demanda de la cadena de supermercados contra el gobierno provincial ya había sido rechazada por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. Ante ese escenario, la Procuración General de la Nación dictaminó que el máximo Tribunal nacional fuera el que considerara la presentación de Coto.
Cabe recordar también que en diciembre de 2015 dos empleados de la cadena de supermercados interpusieron medidas cautelares para que no se aplicara la norma.
En la ocasión, los trabajadores sostuvieron que la norma ponía en peligro sus puestos laborales, entre otras “consecuencias adversas”. Sin embargo, sus recursos de amparo fueron denegados porque la Justicia consideró que “carecían del sustento para constituirse como causa”.
En Santa Fe, la empresa Coto cuenta con sucursales solamente en las dos ciudades más importantes: Rosario y la ciudad capital. Ambas urbes ya adhirieron a la ley 13441 a través de sus respectivos concejos municipales, tal como lo estipula la norma provincial.
En la sesión del 17 de marzo pasado, 21 de los 28 ediles rosarinos votaron a favor de la adhesión a la ley de Descanso Dominical, aunque con dos modificaciones al texto original: una es que la norma regirá desde el 1º de julio, mientras que el órgano contralor de su cumplimiento serán los ministerios de Trabajo y de Producción.