Este jueves, la sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso interpuesto por un imputado en la causa que investiga el robo de expedientes de la última dictadura cívico-militar en Tribunales provinciales en octubre de 1984. La medida fue dictada por los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, informó Casación.
El recurso era contra la sentencia de la Cámara Federal de Rosario que había denegado un pedido de sobreseimiento por supuesta prescripción de la acción penal, que había sido dispuesto en primera instancia.
El pedido de prescripción sería correcto -por el tiempo que pasó- si el delito que se investiga no tuviera el carácter de lesa humanidad: si bien ocurrió una vez recuperada la democracia, los elementos robados tienen relevancia probatoria para la megacausa Feced que investiga los crímenes cometidos por una patota al mando de Agustín Feced en el ex Servicio de Informaciones -Dorrego y San Lorenzo-, firmaron los magistrados.
Feced es la causa más grande en relación con centros clandestinos de detención y tortura de la provincia de Santa Fe. Lleva el nombre del ex comandante de Gendarmería que asumió el control de la Policía local en durante la última dictadura. La causa ya tuvo cuatro elevaciones a juicio.
El caso por el robo a Tribunales está en etapa instructoria e investiga «la presunta Operación Especial de Inteligencia planificada y ejecutada por personal militar del Destacamento de Inteligencia 121 de la ciudad de Rosario, mediante la cual en octubre de 1984, a menos de un año de la restauración de las instituciones democráticas, se habrían sustraído elementos con relevancia probatoria para la causa conocida como Feced».
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Esta causa se inició por «denuncia de la Conadep por la presunta comisión de delitos de lesa humanidad durante la última dictadura, en la jurisdicción del Comando del Segundo Cuerpo de Ejército».
«Según la hipótesis acusatoria, la finalidad perseguida con la referida operación fue neutralizar las acciones legales respecto de esos hechos, para garantizar la impunidad a sus ejecutores (personal del Ejército Argentino, militar y civil, y personal policial, que habría tomado intervención en la comisión de tales delitos)», indicó la información sobre el fallo.
Los jueces de Casación sostuvieron que «en el estado en que se encuentra el proceso, los hechos objeto de imputación aparecen razonablemente vinculados al plan sistemático de represión y exterminio de opositores políticos implementado por el gobierno de facto durante la última dictadura, por sus características concretas, el rol funcional de los imputados y las circunstancias de su comisión».
En ese marco, consideraron «aplicable el principio de imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad para afirmar la vigencia de la acción penal, en concordancia con precedentes relevantes en la materia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Sala IV de la Cámara interviniente».
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