Por Aníbal Ignacio Faccendini, director de la Cátedra del Agua y el Centro Interdisciplinario del Agua Fcpolit-Universidad Nacional de Rosario, coordinador del Ágora de los Habitantes de la Tierra Argentina
El Concejo Municipal de Rosario -en la sesión del 8 de julio de 2021- votó el 28 de julio como “Día del Derecho Humano y al Saneamiento”, idea e iniciativa de la dirección de la Cátedra del Agua y del Centro Interdisciplinario del Agua Fcpolit UNR. Fue decisivo el apoyo de las autoridades y de los concejales del parlamento local.
El 23 de julio del año pasado, el Concejo Deliberante de la ciudad de Gualeguaychú establecía también el 28 de julio como el Día del Derecho Humano al Agua y al Saneamiento replicando la propuesta, innovación e inquietud de la dirección de la Cátedra del Agua y del Centro Interdisciplinario del Agua UNR. La propuesta fue apoyada por las autoridades y concejales de dicho organismo de la ciudad de Gualeguaychú.
Es una gran conmemoración del primer aniversario de lo establecido en las dos ciudades. Es una reivindicación histórica de aquel 28 de julio de 2010 cuando se sancionó la Resolución 64/292 en la Asamblea de la ONU, que declaraba el Derecho Humano al Agua y al Saneamiento.
Estas normas jurídicas sancionadas en Rosario primero y luego en Gualeguaychú, marcan un proceso de concientización y visibilización del agua, como derecho humano y alimento que es base de todos los alimentos. El agua es vida que atraviesa a todos los cuerpos vivientes y no vivientes. Es la base esencial para la Tierra. Es tal así que en el planeta el 75 por ciento es agua. El chauvinismo antropocéntrico fue el que le puso nombre de Tierra.
Las dos ciudades pioneras en Latinoamérica de instituir el Día del Derecho Humano al Agua y Saneamiento son productos de procesos jurídicos mundiales, entre otras causales. Es decir, todo acontecimiento jurídico político global tiene incidencia local y a su vez lo local tiene incidencia global. Así, podemos analizar como antecedentes la Observación General 15 del Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales de la ONU del 15 de noviembre de 2002, estableciendo al agua como base de realización de los otros derechos humanos, el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1988, la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, la Constitución de Ecuador de 2008, la Constitución de de Bolivia 2009, el Pacto Público del Agua capítulo Latinoamericano. En Argentina, lo podemos ver en la Constitución Nacional de 1994 artículo 41 el derecho humano a un ambiente sano, el artículo 75 inciso 22 y en el fallo de la Corte Suprema de la Nación en el caso Kersich de 2014, donde se expresó que el acceso al agua potable segura es un derecho humano fundamental. Y, desde ya la propia Resolución de la ONU 64/292 que estableció el derecho humano al agua y al saneamiento.
Las normas jurídicas de las ciudades de Rosario y Gualeguaychú son internacionalmente primeras en estatuir el Día del Derecho Humano al Agua y Saneamiento. Estas ciudades latinoamericanas marcan un pequeño gran rumbo para que las más de 70 millones de personas del continente americano puedan acceder al agua potable segura y al saneamiento las 100 millones de personas que aún no lo tienen.
Es un pequeño gran paso jurídico, legislativo y político de los Concejos de ambas ciudades que claman, también, en saldar la deuda que Argentina tiene con las 7 millones de personas que sufren pobreza e indigencia de agua. Porque donde hay pobreza no hay agua potable segura. Estas resultantes de ambos parlamentos locales son un clamor por un ambiente inclusivo, es decir que las personas no humanas sujeto de derecho como el agua sean protegidas como ser los ríos y toda forma y sustancia del vital elemento. El río Paraná recibe de Rosario 350 millones de litros de líquidos cloacales por día sin previo tratamiento y se han quemado más de 400 mil hectáreas de humedales en el lapso que va desde 2020 a julio de 2022. Todo un extracticidio.
Necesitamos de justicia social ambiental para lograr un desarrollo con sanidad y también se requiere de una transformadora cultura del ambientalismo inclusivo.
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