La Corte Suprema de Justicia de la provincia negó el recurso extraordinario interpuesto por los imputados por la explosión de calle Salta 2141 al no otorgarle admisibilidad para que apelen ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Lo que buscan los abogados de Gerardo Bolaño, Guillermo Oller, Luis Alberto Curaba, Claudio Tonucci y Viviana Leegstra, los cinco empleados de Litoral Gas acusados de estrago culposo agravado, es revertir el estado de procesamiento de sus clientes, (que la propia Corte provincial dejó firmes al rechazar un recurso de inconstitucionalidad en febrero pasado), por lo que fueron atravesando las distintas instancias jurídicas que marca todo proceso de estas características. Frente a esta resolución, ahora les queda como último intento recurrir directamente “en queja” al máximo tribunal nacional.
En un escrito al que tuvo acceso este diario, la Corte Suprema de Justicia provincial consideró que la presentación de los imputados no cumple con “algunos recaudos” establecidos por la normativa vigente “al no efectuar una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando todas y cada una de las motivaciones enunciadas por el tribunal superior de la causa, demostrando asimismo que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales aludidas y lo debatido y resuelto en el caso”.
Según explicaron los jueces del máximo tribunal de la provincia, los procesados “se limitan a reiterar sus agravios contra la decisión del juez de cámara que rechazó el pedido de constitución pluripersonal del Tribunal de Alzada y declaró inadmisible la apelación interpuesta contra el procesamiento de los imputados”.
“No aportan argumentos con eficacia en orden a demostrar que este tribunal hubiese desestimado por inadmisible el recurso de inconstitucionalidad local sin brindar razones jurídicas suficientes, de modo arbitrario o lesivo de derechos constitucionales”, se destaca.
Más adelante, se señala que “las críticas resultan insuficientes para operar la apertura de la vía federal, pues no aportan ningún argumento con aptitud para descalificar el núcleo argumental”.
La solicitud del recurso de inconstitucionalidad solicitada por los abogados de los imputados fue rechazada en febrero de este año por la Suprema Corte de Justicia de Santa Fe.
El recurso de inconstitucionalidad llegó a los integrantes de la Corte Suprema de la provincia después de que en mayo la Cámara Penal, a través del juez de la sala III, Guillermo Llaudet, rechazara la apelación de los procesamientos.
En su resolución, el camarista consideró inadmisible el planteo de revocar el procesamiento por estrago culposo agravado al no estar ninguno de los imputados privados de su libertad. Pero habilitó el recurso de inconstitucionalidad ante la Corte, para que el máximo tribunal se pronuncie.
En la causa, que tramita la jueza de Instrucción Penal Irma Bilotta, también se encuentran procesados por estrago culposo otras seis personas aparte de los empleados de Litoral Gas, entre ellos, el gasista matriculado Carlos Osvaldo García, que manipuló la válvula antes de la explosión, y su ayudante, Pablo Miño. También, el técnico José Luis Allala, quien trabajó en el sistema de gas del edificio unos diez días antes del siniestro, y a los administradores del complejo habitacional, Mariela Calvillo, Norma Bauer de Calvillo y Carlos Repupilli.