Un hombre de 56 años fue condenado, a través de un procedimiento abreviado, a la pena de 10 años de cárcel por violar a una niña. El hecho se cometió durante el 2012. El agresor sexual era el padrastro de la niña y aprovechó la situación de conviviencia para ultrajar a la nena en la capital provincial.
Tras una investigación penal el hombre fue imputado y recientemente aceptó su responsabilidad en el caso. El juez a cargo homologó el acuerdo al que llegaron la fiscalía y la defensa y tras escuchar el consentimiento del acusado lo condenó a una década tras las rejas.
Miguel Ángel Jara era pareja de la madre de la víctima y la atacó sexualmente durante el año 2012 cuando la niña iba a la escuela primaria. Las agresiones se consumaron en la casa que compartían en la ciudad de Santa Fe.
La causa penal se inició tras la denuncia de la madre de la nena y el agresor fue detenido el 17 de agosto de 2018. El arrestado fue imputado por la fiscal Alejandra Del Río Ayala, de la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas), y quedó detenido preventivamente desde entonces.
“Jara quedó en prisión preventiva pocos días después de la denuncia, lo cual permitió un mayor resguardo de la víctima y, por ende, una menor extensión del daño”, explicó la fiscal y dijo que el atacante aprovechó las circunstancias de convivencia para agredir sexualmente a la niña en reiteradas oportunidades.
“Con su accionar sometió y humilló a la víctima, además de adelantar el desarrollo normal de la sexualidad de la víctima”, concluyó.
Esta semana se llevó adelante una audiencia dónde la fiscalía junto con la defensa de Jara presentaron un acuerdo abreviado. El acusado se responsabilizó de los hechos imputados y consintió una condena a 10 años de cárcel. El convenio fue homologado por el juez Sergio Carraro que dictó la sentencia.
“La condena fue por la autoría del delito de abuso sexual con acceso carnal calificado por la convivencia preexistente con la víctima menor de 18 años y promoción a la corrupción de menores agravada por la convivencia preexistente con la víctima menor de 18 años”, explicó la fiscal.