Un sargento del Ejército que revistaba en el servicio de Inteligencia del Segundo Cuerpo en 2003 será sometido a juicio oral a partir del próximo jueves 30 de octubre a partir de las 9, por amenazas coactivas contra un integrante de la agrupación H.I.J.O.S Rosario.
El imputado, Fernando Conrado Carbajal, fue procesado en agosto de 2004 por la Justicia Federal como presunto autor de amenazas coactivas contra el entonces militantes de H.I.J.O.S Eduardo Toniolli, actual diputado provincial por el Movimiento Evita.
Al sargento que entonces formaba parte del Servicio de Inteligencia del Segundo Cuerpo de Ejército con sede en Rosario se le imputó el atentado con una granada arrojada en noviembre de 2003 contra un comercio propiedad de Toniolli, ubicado en Mitre y Mendoza.
Según la investigación, un hombre tiró contra una vidriera del cyber que administraba Toniolli una granada “cuya fecha de fabricación era 1976”, recordó a Télam el actual legislador.
El hombre que arrojó la granada -que no explotó- corrió hasta la esquina y escapó en una motocicleta tripulada por otra persona, puntualizó Toniolli.
A través de un testigo que tomó la patente del vehículo, la Justicia determinó que la moto era propiedad del sargento Carbajal, y ordenó allanar el Batallón de Comunicaciones 121 de Rosario y la sede del Segundo Cuerpo de Ejército.
Algunas semanas antes, la vidriera del cyber había sido destrozada con una placa de mármol en homenaje a los detenidos-desaparecidos durante la última dictadura, sustraída del Bosque de la Memoria de Rosario.
Esas amenazas, que tenían como contexto la reapertura de los juicios por delitos de lesa humanidad, también tuvieron como blanco a una abogada de organismos de derechos humanos a quien le dejaron un pan de trotyl en su estudio.
En julio pasado la Cámara Federal de Rosario rechazó un pedido de prescripción de la causa “por extinción de la acción penal por afectación de la garantía a ser juzgado en un plazo razonable” presentado por la defensa de Carbajal.
Los camaristas argumentaron que si bien pasaron 11 años del hecho, la causa no recayó en “inactividad procesal indebida” y, si su trámite se extendió, fue por incidentes interpuestos por la defensa del imputado.