Hace más de un año el titular de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, anunciaba la reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial. A pesar de haber sido promovido por el gobierno nacional el proyecto todavía no fue aprobado, pese a que desde el oficialismo hablaron de plena aplicación para julio del 2013, el mes que acaba de concluir. Los plazos se estiraron: el proyecto se encuentra en tratamiento en el Senado, donde los legisladores crearon una cuerpo exclusivo para debatirlo: la Comisión Bicameral para la Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación.
Consultado por El Ciudadano, el juez de Familia de la 5ª nominación Marcelo Molina describió qué y cómo cambiará en la vida cotidiana de las familias la reforma: habrá nuevas figuras en materia de adopción, matrimonio, divorcio y, presume, habrá polémica sobre la gestación de un ser humano por sustitución de madre. El magistrado también se mostró preocupado por la escalada de violencia intrafamiliar que llega al tribunal: uno de cada tres expedientes responde a estas causas.
—¿Cuáles serían los cambios de mayor repercusión con la puesta en marcha del nuevo Código?
—Entre otros aspectos, sólo se trata de institucionalizar las leyes que ya están vigentes: matrimonio igualitario, adopción por pareja homosexual, por ejemplo. Y a su vez, existe la jurisprudencia que se fue ampliando. Por ejemplo, la adopción por concubinos que no está contemplada en el Código vigente. Este tribunal (por el de Familia Nº5) debe haber sido uno de los primeros con un fallo del juez Ricardo Dutto. No vamos a tener que realizar audiencias. Tenemos 10 audiencias de divorcio por semana. Ese tiempo podría utilizarse a casos que involucren paternidad y violencia con los niños. De lo que ingresa en el juzgado de Familia, un 30 por ciento tiene que ver con violencia familiar. Hay otra parte de alimentos y de visitas. No nos modifica mucho, pero sí nos incorporan lo que tiene que ver con concubinatos (antes correspondían a los fueros Civil y Comercial). En Familia tenemos una competencia que tiene que ver con los hijos de quienes tienen un concubinato que involucra las mismas obligaciones que en un matrimonio. En lo que no tenemos injerencia (y esto cambiaría con la reforma) es en la cuestión patrimonial. Para disolver esa relación de hecho hay que ir a un juez Civil y Comercial, presentar los testigos y las pruebas como si fuera una sociedad comercial. Con el nuevo Código eso pasaría a Familia.
—¿Qué pasaría sin la figura de concubinato?
—En caso de que uno de los dos falleciera, el otro queda sin nada. En las familias de parejas homosexuales cuando ocurre esto muchas familias del fallecido no habilitan la cesión de bienes a la pareja. Hoy en día todo eso se ve modificado, se dan otras posibilidades de prueba. No es lo mismo ser cónyuge que concubino, pero da ciertos derechos. Por ejemplo, se establece para estas uniones convivenciales una compensación por separación. Es una figura que viene del Derecho Romano que se llama “esponsales”: una responsabilidad con la promesa matrimonial. En la época de los romanos implicaba la promesa de casarse y no se podía evitar. Vélez Sarsfield estableció que no hay obligación de casarse ni de dar una indemnización en caso de no cumplir con el compromiso. En 1985 lo modificaron y establecieron que se podía indemnizar en caso de una separación previa al matrimonio, ya que se crean expectativas y se planifica el futuro.
—¿Qué cambios traería la unificación para la adopción?
—La reforma pone las cosas en su lugar, ya que el Código actual dice una cosa y la ley otra. El cambio es de paradigma: se trataría no de un derecho de quien quiere adoptar sino del niño a tener una familia. La principal modificación será restringir la adopción directa. Sólo en algunas excepciones y con ciertas dificultadas se podrán hacer. En principio si alguien tiene un hijo y lo quiere dar en adopción debe recurrir al Registro de Adoptantes (el Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos conocido por las siglas: Ruaga). Otro cambio es que permite al niño mantener lazos con un pariente. Por ejemplo, si un niño quiere mantener vínculos con la abuela biológica el Código lo permitiría. El nuevo Código apuesta por una realidad compleja.
—¿Cuál es la perspectiva con la nueva ley de Fertilización Asistida, que hasta entonces era un procedimiento para pocos por los costos?
—Es un punto que no estaba regulado pero se hacía en la práctica. Con el término “gestación por sustitución”, el proyecto elige una forma de regulación. Habrá otras formas, pero existe una voluntad de regularlo. Es un código del siglo XXI, y en mi caso sostengo que siempre es mejor que algo que se hace tenga una regulación. El artículo 19 del Código es claro: se considera a un ser humano desde el momento de la concepción en el seno materno. Vélez Sarsfield jamás pensó que una persona se podía crear en un tubo y luego implantarlo en un vientre. En el caso de vida que se crea a partir de técnicas de reproducción asistida lo es desde el momento en que el embrión se implanta en el óvulo. Eso implica que en el medio no es ser humano, es cosa. Si es ser humano yo no lo puedo destruir porque es homicidio. Si no es ser humano yo lo puedo destruir. Hay una discusión enorme sobre esto, sobre todo con las doctrinas religiosas. Hace poco salió un fallo (ver aparte) de la Corte Interamericana de Derechos Humanos titulado “Artava Murillo versus Costa Rica” que habla sobre esto.
—¿Qué es lo que detiene la aprobación del proyecto de unificación de los códigos Civil y Comercial elaborado por el titular de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti?
—Hay cuestiones que tienen que ver con la política nacional. Pero no es nuestro lugar criticar a otro Poder, como el Legislativo o Ejecutivo. Desconozco por qué se retrasa el tratamiento, pero parto de la base de que el proyecto fue creado tras un proceso de discusión intensa a cargo de la doctora Aída Kemelmajer. Nadie puede decir que no es una autoridad internacional de Derecho de Familia. Tendrá sus detractores. Ella coordinó 100 doctrinarios del Derecho de Familia y abrió el debate a tal punto que todos hemos opinado. Podrá ser cuestionado el contenido de la reforma pero no con relación a la política nacional. No creo que haya intereses políticos que cuestionen la parte de familia.
—Entonces, ¿qué tipo de resistencias habría?
—Circula la versión de que cierta parte del proyecto no saldría. En particular, la gestación por sustitución (comúnmente conocida como “alquiler de vientre”). Son todos trascendidos. Ella (por Kemelmajer) reconocía que era un punto que podía traer debate. Yo siempre prefiero que exista regulación, porque la realidad de los hechos es que esto se da. Y se da de la forma caótica que ahora tenemos.
—¿En caso de que no salga la gestación por sustitución esto afectaría a quienes poseen problemas de fertilidad y a los homosexuales hombres ya que las mujeres podrían quedar embarazadas obteniendo un donante de esperma?
—Hoy en día si una pareja gay hace un contrato con una mujer, le da su esperma y ella tiene un hijo, la mujer sigue siendo la madre del nacido. El contrato (por el que cedería al bebé) es de dudosa legalidad. El óvulo no es de ninguno de los dos hombres. Lo que debería hacerse para que ambos sean padres legales es una adopción integrativa del otro hombre (que no aportó el esperma). Es complejo. Por eso, la inclusión en el proyecto de unificación prevé la posibilidad para que ambos hombres al momento del nacimiento se constituyan como padres. Eso estaba contemplado, pero no sabemos si saldrá.
—¿Qué cambiaría en materia de divorcio?
—Los plazos previstos en el Código para el divorcio –tres años para la separación de hecho, por ejemplo– cambiaría. Lo que tenemos hasta ahora no tiene que ver con la realidad social. Es evidente que la gente quiere otro tipo de respuestas. Entonces, la legislación no está dando respuesta.
—El proyecto elimina las causales de divorcio, los plazos de espera y las audiencias por divorcios….
—Un día alguien se puede casar y a la mañana siguiente se podrá divorciar. En cinco años y medio si debo haber firmado cinco sentencias de divorcio por causales (adulterio, injurias graves) es demasiado. La gente no opta por eso sino por el acuerdo. Quieren una solución pacífica y eso hace el nuevo Código. No tiene que ver con lo patrimonial. El final del juicio es una sentencia que condena al esposo o esposa –por infidelidad, violencia, a pagar pensión al otro. El Código nuevo está previsto pero sin recurrir a declarar culpable o inocente a uno u otro. No es algo agradable las audiencias públicas.
—¿Al igual que con la ley de divorcio de 1987 esto no significa que más parejas se divorciarán?
—Es algo parecido al matrimonio igualitario. Pensar que porque se instaura un nuevo régimen implica una suerte de proselitismo a favor de la orientación homosexual. O pensar que una pareja del mismo sexo va a criar a una forma perversa de hijo eso es tener anteojeras. Si de alguna manera esa teoría de la perversión tuviera algún sustento, deberíamos controlar a las parejas heterosexuales porque son ellas las que han tenido hijos homosexuales. Es una barrabasada decir eso.
—Sólo en el tribunal que integra en 2012 llegaron 4 mil expedientes nuevos y usted dice que el 30 por ciento responden a violencia familiar. ¿Cómo se lucha contra este flagelo?
—Y a eso hay que sumarle lo que viene en trámite de los años anteriores. La acumulación de causas es enorme. Falta una estructura, un sistema estatal que reciba el problema y lo trate. Ese expediente tiene una cotidianidad ardua. Es acumulación a futuro. Un problema con un chiquito que tiene hoy dos años puede implicar para el tribunal un trabajo de 18 años. El trabajo cotidiano sobre violencia familiar frena el tribunal. Ese punto es mucho trabajo. El juzgado interviene en lo que es urgente pero en el tratamiento diario de los problemas deben actuar otros actores: el Estado, las ONGs, la comunidad. La Municipalidad y la provincia tienen sus lugares, pero hace falta un sistema que coordine todo.