La Cámara Penal resolvió excarcelar a una de las dos personas detenidas por amenazas vía Whatsapp a dirigentes políticos, sociales, sindicales y de derechos humanos, causa que se originó tras una denuncia de víctimas locales y cuya pesquisa está en manos del fiscal Gustavo Ponce Asahad. Se trata de una mujer bonaerense, a quien le aplicaron medidas sustitutivas al encierro, mientras que le fue ratificada la prisión preventiva a un policía federal, quien también había sido detenido en la provincia de Buenos Aires, que seguirá preso.
En marzo pasado la abogada Nadia Schujman presentó ante el fiscal Ponce Asahad la denuncia de un grupo de víctimas: a través de teléfonos celulares que iban cambiando alguien creaba grupos de Whatsapp (que superaban los 200 contactos) con los números de querellantes y víctimas de la dictadura, concejales, diputados, funcionarios, gremialistas y referentes estudiantiles para hostigarlos y amedrentarlos, especialmente después de la histórica marcha, debido a su masividad, por el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
Los grupos tenían nombres como “muerte a Milagro Sala”, “El Tucu vive» (por el represor Eduardo Costanzo que recientemente violó su prisión domiciliaria)” y “Zitelli vive” por el sacerdote que murió por esos días y que debía enfrentar un juicio por crímenes de lesa humanidad. En esa aplicación de mensajería se lanzaban amenazas como “están todos secuestrados”, “disfruten sus últimas horas libres” o “prepárense para ser raptados”.
Tras un operativo de la PDI a principios de abril, fueron demoradas cinco personas, tres de ellas en Rosario, que pronto recuperaron la libertad al interpretarse que no tenían vínculos con la denuncia. Pero quedaron presos con prisión preventiva por 45 días, según les dictó la jueza Paula Álvarez, el policía federal Lucas Semec, apresado en la localidad bonaerense de Ensenada, en el partido de La Plata, y Teresa C., quien cayó en la ciudad de Pablo Podestá, en el partido de 3 de Febrero, también en el conurbano.
“Se ha utilizado cierto grado de inteligencia, lo cual para nosotros es un acto de extrema gravedad. La inteligencia debe ser legal dentro de los márgenes que impone el Estado constitucional de derecho. Esto es, que la inteligencia la realiza el Estado. No puedo asegurar que son grupos organizados a priori. Pero llama la atención la mecánica que han utilizado y cierto grado de inteligencia, lo cual para nosotros es un hecho de extrema gravedad, ya que la inteligencia debe ser legal dentro de los márgenes que impone el Estado constitucional de derecho”, planteó el fiscal sobre esta probable organización proimpunidad.
Apología del delito y amenazas
Este viernes, tras la audiencia de apelación, la camarista Georgina Depetris resolvió excarcelar a la mujer y mantener en prisión preventiva al policía federal. La jueza abrió la puerta para que se puede agravar la imputación ya que los elementos existentes pueden exceder la apología del delito, las amenazas calificadas y la publicación y difusión de imágenes pornográficas de menores, los delitos inicialmente imputados: “Se ha hablado de múltiples grupos efectuando acciones similares y relacionadas en distintos puntos del país, tratando de imponer sus ideas y combatir las ajenas infundiendo temor”.
“No se ha puesto en duda aquí la existencia de hechos delictivos, que se advierte revisten extrema gravedad, alto contenido intimidatorio, como surge no sólo de lo expuesto por las partes, sino también de la elocuente entrevista efectuada en la audiencia a la víctima que asumiera la representación de las demás al tomar la palabra”, dijo la jueza.
Igualmente, instó al fiscal a profundizar en el material probatorio, que consideró escaso en el caso de la mujer. Es que, según se desglosa en el fallo, puede ser posible que el sobrino de esta mujer, un chico de 16 años a quien le fue incautado el celular, haya sido responsable de los hechos, a partir de la evaluación que hace la magistrada.
El uniformado
Distinto es el caso del policía federal. “El teléfono, más allá de no encontrarse físicamente al momento del allanamiento en su poder –debido a que lo detentaba su hijo y el mismo estaba en la escuela– a prima facie y dado que convivían puede probabilizarse que podía disponer y/o tener acceso a la línea, máxime si se tiene en cuenta la calidad y entidad de la información que se volcara en el grupo a través de la misma, difícil de obtener por sí mismo un menor de 15 años”, dijo la jueza.
“Si a ello le adicionamos que la línea de teléfono de la cual es titular se corresponde con la del creador y administrador del grupo de Whatsapp, y la cercanía que poseen la fecha de creación del grupo con las amenazas vertidas en el mismo, y la hipotética posibilidad que en carácter de empleado de la policía Federal pudiera tener acceso a la información calificada como son los números de teléfono, actividad, y situación familiar de los amenazados y que permitiera su inclusión coactiva en el grupo, en este caso se verifica un umbral de probabilidad y consecuente peligro tanto de fuga como de entorpecimiento probatorio”, siguió la magistrada.
Tras conocerse la resolución, Ponce Asahad dijo a El Ciudadano: “Creo que fue una resolución bastante razonable. En la audiencia de apelación la Fiscalía dejó en claro que en el plazo de la cautelar –que vence el próximo 23 de mayo– la Fiscalía iba a producir la acusación; respecto del policía federal, la Fiscalía va a acusar por los delitos primeramente enrostrados y podrá incluso ampliarlo. Porque hicimos reserva al momento de la imputativa para dejar abierta la posibilidad de que se amplíen las imputaciones”. También el fiscal señaló que la investigación continúa en busca de otros sospechosos.