La Cámara de Senadores de la Nación convirtió hoy en ley una iniciativa destinada a establecer medidas de seguridad para tratar de evitar los delitos denominados “salideras bancarias”, al tiempo que le dio media sanción a un proyecto impulsado por la oposición sobre un programa de Servicio Cívico Voluntario.
El Senado aceptó la iniciativa venida de Diputados por 67 votos a favor y 1 en contra, tras un extenso debate que se inició a las 13 y finalizó cerca de las 19.
La Ley establece medidas mínimas de seguridad que deben adoptar las entidades bancarias, como un sistema de protección, denominadas barreras visuales, para las líneas de cajas y los cajeros automáticos que impida la observación de terceros.
Además, se exige el blindaje del tesoro para el guardado de dinero o valores de terceros, así como un sistema especial de cajas de seguridad separado de paredes medianeras, a prueba de incendio y de violación por elementos mecánicos.
Finalmente, el proyecto propone la instalación de inhibidores o bloqueadores de señal que imposibiliten el uso de teléfonos celulares en el interior de las sucursales bancarias, con una capacidad que no afecten las comunicaciones de usuarios que estén fuera de la entidad ni interfieran con los dispositivos electrónicos que se utilizan habitualmente en los bancos.
Por otra parte, el Senado también aprobó por 33 votos a favor y 31 en contra, más dos abstenciones, y envió a Diputados, un proyecto para establecer el Servicio Cívico Voluntario, destinado a ciudadanos de entre 14 y 24 años que no estudian ni trabajan y que se encuentran en situación de “riesgo social”.
La iniciativa, impulsada por la oposición, busca utilizar instalaciones ociosas de las Fuerzas Armadas para impartir estudios y enseñar oficios y artes a los interesados que, además, cobrarán un subsidio de tres asignaciones familiares por hijo.
El servicio no podrá durar más de un año y los voluntarios no podrán ser beneficiarios de otros planes sociales de ayuda nacionales o provinciales.
Finalmente, los legisladores también aprobaron por unanimidad un proyecto de Ley para tipificar como delito en el Código Penal la desaparición forzada de personas, con penas de prisión que van de 10 a 25 años, y que podrían llegar a perpetua en el caso de agravantes como la aparición posterior de la víctima muerta o en el caso de que la desaparecida sea una mujer embarazada.